REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 20 de Marzo de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-004026
ASUNTO: RJ11-P-2012-000006


EJECUCIÓN DE SENTENCIA SIN DETENIDO

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha 16 de Febrero del año en curso, y publicada en fecha 29-02-2012, por el Tribunal Quinto de Control esta Extensión Judicial Penal, mediante la cual se Condenó al ciudadano Alexander Del Valle Rodríguez López, venezolano, natural de Río Caribe, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.291.782, nacido en fecha 06-03-1977, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Francisco Rodríguez y Aura López, y domiciliado en el Barrio Brasil, Casa Nº 13, cerca de la pasarela, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre; a cumplir la pena de Un (01) año de prisión, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (vigente para el momento en que ocurrieron los hechos), en perjuicio de La Colectividad, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, numeral 1°, 480, 482, 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a Ejecutar la Sentencia respectiva y a realizar el cómputo pertinente en los siguientes términos:

El Penado Alexander Del Valle Rodríguez López, ya identificado, fu Condenado a cumplir la pena de Un (01) año de prisión, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (vigente para el momento en que ocurrieron los hechos). Ahora bien, de la revisión de la causa se evidencia que el Penado arriba mencionado fue aprehendido en forma flagrante, en atención con el delito por el cual se le aperturó la presente causa en fecha 06-11-2007, situación procesal que se mantuvo hasta el día 07-11-2007, fecha en que se Decretó a favor del mismo Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, por lo que dicho Penado estuvo detenido por el lapso de Un (01) día; así mismo, en fecha 12-05-2011, el Tribunal Quinto de Control de esta Extensión Judicial Penal, Acordó Orden de Aprehensión en contra del Penado Alexander Del Valle Rodríguez López, la cual se materializó en fecha 13-02-2012, quedando Privado de su Libertad, situación procesal que se mantuvo hasta el día 16-02-2012, fecha en que se decretó a favor del mismo Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, por lo que dicho Penado estuvo detenido por el lapso de Tres (03) días; para un total de Cuatro (04) días detenido; quedándole por cumplir de la pena impuesta, un total de Once (11) meses y Veintiséis (26) días de prisión, cuya fecha de vencimiento definitiva resulta indeterminada, en virtud de que el Penado de autos se encuentra bajo Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad.

Finalmente por cuanto se evidencia que la condena impuesta a Alexander Del Valle Rodríguez López, no fue superior a Cinco (05) años, se estima que el mismo podría optar, conforme a lo previsto en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, al Beneficio de Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena, siempre y cuando llene el resto de requisitos exigidos por la referida norma, razón por la cual, de oficio, este Tribunal Primero de Ejecución, Acuerda oficiar, en primer término, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 5, con sede en esta ciudad de Carúpano, a los fines de la práctica de la evaluación respectiva, y, en segundo término, a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Poder Popular del Interior y Justicia, a objeto de que remitan a este Despacho la certificación de los posibles antecedentes penales que pudiera tener el Penado de autos.


DISPOSITIVA


Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, Ejecuta: La Sentencia dictada en fecha 16 de Febrero del año en curso, y publicada en fecha 29-02-2012, por el Tribunal Quinto de Control esta Extensión Judicial Penal, mediante la cual se Condenó al ciudadano Alexander Del Valle Rodríguez López, venezolano, natural de Río Caribe, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.291.782, nacido en fecha 06-03-1977, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Francisco Rodríguez y Aura López, y domiciliado en el Barrio Brasil, Casa Nº 13, cerca de la pasarela, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre; a cumplir la pena de Un (01) año de prisión, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (vigente para el momento en que ocurrieron los hechos), en perjuicio de La Colectividad.

Remítanse mediante Oficios, Copias Certificadas del presente Auto de Ejecución de Sentencia, junto con la Sentencia Condenatoria de fecha 29-02-2012, al Fiscal Primero del Ministerio Público de Ejecución de Sentencias del Estado Sucre; a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Poder Popular del Interior y Justicia, a los fines de que remitan a este Despacho la certificación de los posibles antecedentes penales que pudiera tener el Penado de autos, y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 5, con sede en esta ciudad de Carúpano, para la práctica de la evaluación respectiva. Se fija Audiencia de Imposición para el día 31-05-2012, a las 02:30 p.m. Notifíquese al Defensor Público N° 03, al Fiscal Primero del Ministerio Público de Ejecución de Sentencias del Estado Sucre, y al Penado Alexander Del Valle Rodríguez López. Así se decide. Cúmplase.-
El Juez Primero de Ejecución.


Abg. Luís Beltran Campos Marchan.
El Secretario Judicial.


Abg. Luís Rafael Orsetti.