REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
Carúpano, 30 de Marzo de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2012-001337
ASUNTO: RP11-P-2012-001337

SENTENCIA INTERLOCUTORIA


Visto el oficio N° 19-FD3-0301-12, de fecha 21/03/2012, suscrito por la Abg. Dalia María Ruiz, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público con Competencia en Materia de Drogas, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita autorización para incinerar la sustancia estupefaciente relacionada con la presente causa, donde figura como imputado: ALEXANDER RAFAEL RODRIGUEZ MARTINEZ, de conformidad con lo establecido en los artículo 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica de Drogas; y donde además informa que la sustancia a incinerar no tiene uso terapéutico; éste Tribunal para decidir observa que la solicitud del Ministerio Público se hace acompañar de copia fotostática de la EXPERTICIA QUÍMICA, según memo: N° 9700-128-t-0477, de fecha 09-07-2005, la misma resultó ser CANANBIS SATIVA (MARIHUANA), con un peso de TRES (03) GRAMOS CO OCHOCIENTOS (800) MILIGRAMOS Y COCAINA BASE TIPO CRACK, con un peso de UN (01) GRAMO CON QUINIENTOS (500) MILIGRAMOS.
Ahora bien, como quiera que dicha sustancia no tiene uso terapéutico, tal y como señalaron expresamente los expertos farmacéuticos y toxicólogos en la experticia correspondiente, no existiendo por ende la obligación de informar al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Salud, lo procedente es, a juicio de quien decide, ordenar su destrucción, autorizando para ello al Ministerio Público, quien, a los efectos de llevar acabo la misma, deberá tomar en cuenta las previsiones legales contenidas en los artículos 192 y 193 de la Ley Orgánica de Drogas; y así se decide. -

DISPOSITIVA


En consecuencia, éste Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA a la Fiscalía del Ministerio Público con Competencia en Materia de Drogas, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, para la incineración la sustancias estupefacientes relacionada con la presente causa, donde figura como imputado: ALEXANDER RAFAEL RODRIGUEZ MARTINEZ, la cual de acuerdo a la EXPERTICIA QUÍMICA, según memo: N° 9700-128-t-0477, de fecha 09-07-2005, la misma resultó ser CANANBIS SATIVA (MARIHUANA), con un peso de TRES (03) GRAMOS CO OCHOCIENTOS (800) MILIGRAMOS Y COCAINA BASE TIPO CRACK, con un peso de UN (01) GRAMO CON QUINIENTOS (500) MILIGRAMOS, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica de Drogas. Notifíquese a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público con Competencia en Materia de Drogas, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los fines de hacer de su conocimiento de la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZA CUARTA DE CONTROL

ABG. MARÍA PEREIRA CORONADO LA SECRETARIA JUDICIAL

ABG. ANA DI BICEGLIE