REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 15 de Marzo de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-002548
ASUNTO : RP01-P-2008-002548


Mediante decisión dictada en la presente causa en fecha 08 de marzo del presente año de 2011, previa revisión de la documentación consignada en fecha 13 la Defensa Privada ABG. JESUS GUTIERREZ en su carácter de defensor del acusado JOSE DANIEL RODRIGUEZ VASQUEZ, este Tribunal, declara suficiente la documentación presentada para acreditar como valido los fiadores ciudadanos: HENRY JOSE PATIÑO GOMEZ, titular de la cédula de identidad V-14.008.436 y DIOMAR JOSE ANTON RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 8.349.607 recaudos que evidencian fehacientemente la capacidad económica de estos que le permita garantizar obligaciones en esta causa, por tener ingresos MAYOR A UN SALARIO MINIMO así tramitar lo conducente a los fines de hacer efectiva la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad otorgada al acusado de autos, y habiéndose recibidos los recaudos emitidos a nombre de dichos ciudadanos, en función de validar ante este Juzgado sus condiciones de fiador, se procede ha revisar la misma y al efecto observa:

Cursa a los autos CERTIFICACION DE INGRESOS a nombre del ciudadano HENRY JOSE PATIÑO GOMEZ, de fecha 12 de marzo de 2011 Certificada por el LCDA. JOSE E. RUIZ Contador Público C.P.C. 56.319, en la que CERTIFICA que el mencionado ciudadano tiene un ingreso de bolívares DOS MIL SETENTA (Bs. 2.070,00), desempeñando como COMERCIANTE INFORMAL, CONSTANCIA DE RESIDENCIA emitida por el Consejo Comunal “CAMPO ALEGRTE I” de la Parroquia Valentín Valiente, que hace constar que el mismo reside en la Calle Campo Alegre de Caiguire, de la Parroquia Valentín Valiente Municipio Sucre, desde hace TREINTA AÑOS y CONSTANCIA DE BUENA CONDUCTA correspondiente al mencionado ciudadano emitida por el Consejo Comunal “CAMPO ALEGRTE I” de la Parroquia Valentín Valiente que hace CONSTAR LA BUENA CONDUCTA del ciudadano JOSE PATIÑO GOMEZ.

Así mismo cursa a las actas del expediente CERTIFICACION DE INGRESOS a nombre del ciudadano DIOMAR JOSE ANTON RODRIGUEZ, de fecha 12 de marzo de 2011 Certificada por el LCDA. JOSE E. RUIZ Contador Público C.P.C. 56.319, en la que CERTIFICA que el mencionado ciudadano tiene un ingreso de bolívares DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA (Bs.2.250,00), desempeñando como COMERCIANTE INFORMAL, CONSTANCIA DE RESIDENCIA emitida por el Consejo Comunal “CAMPO ALEGRTE I” de la Parroquia Valentín Valiente, que hace constar que el mismo reside en la Calle Campo Alegre de Caiguire, de la Parroquia Valentín Valiente Municipio Sucre, desde hace TREINTA AÑOS y CONSTANCIA DE BUENA CONDUCTA correspondiente al mencionado ciudadano emitida por el Consejo Comunal “CAMPO ALEGRTE I” de la Parroquia Valentín Valiente que hace CONSTAR LA BUENA CONDUCTA del ciudadano DIOMAR JOSE ANTON RODRIGUEZ.


DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, declara la suficiencia de la documentación consignada y por ende se estiman satisfechas las exigencias impuestas por este Tribunal a los efectos de sustituir la Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta al acusado JOSE DANIEL RODRIGUEZ VASQUEZ JOSÉ DANIEL RODRIGUEZ VASQUEZ, venezolano, nacido el 15-03-1990, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.345.632, estudiante, soltero, hijo de Américo Rodríguez y Ineidys Vásquez, residenciado en la Boca de Sabana, Calla Cardonal, Casa Sin N°, cerca de La Placita, Cumaná, Estado Sucre, por Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, consistente en FIANZA, a tenor de lo previsto en el artículo 256 numeral 8° en concordancia con el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de constituirse la misma y los fiadores asuman las obligaciones que por norma expresa se les asignan, se acuerda convocar a Audiencia Oral para constitución de fianza el día de VIERNES 16-03-2012 a las 9:00 am- Notifíquese al Ministerio Publico, a la defensa privada indicándole que deberá hacerse acompañar de los Ciudadanos Propuestos como Fiadores.- Líbrese Boleta de Traslado dirigida al Comandante General de la Policía del Estado Sucre, a nombre del JOSE DANIEL ROSRIGUEZ VELASQUEZ. CUMPLASE.-
JUEZ CUARTA DE JUICIO

MARTHA ELENA CESPEDES HERNANDEZ

SECRETARIO

BELTRAN ROMERO MARCANO