REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 16 de marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2012-000390
ASUNTO : RP01-P-2012-000390
Visto la solicitud interpuesta por la Fiscalia Séptima del Ministerio Público, Abg. MARIUSKA GABALDÓN ROJAS, mediante la cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en la investigación iniciada por ese despacho contra el ciudadano DIRWAN VALENTIN MARQUEZ CORTEZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.624.611, de 28 años de edad, nacido en fecha 01/08/1984, natural de Margarita Estado Nueva Esparta, soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de los ciudadanos DOMINGA MARQUEZ y LUIS MILLAN, residenciado en Petare barrio la bombilla frente de la cancha, Caracas Distrito Capital y/ o Barrio 22 de octubre de Cariaco frente a transito terrestre , familia Márquez Cortez- Cariaco Estado Sucre, teléfono Nº 0414-698-9798.
PUNTO PREVIO A LA DECISIÓN
Considera procedente resolver la solicitud de conformidad con lo dispuesto en el artículo 173 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, mediante la presente decisión; con prescindencia de la audiencia oral, tal y como lo establece el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que para acreditar el motivo en que se apoya la solicitud fiscal, resulta suficientes las actuaciones que cursan en el expediente, ya que el Tribunal vigilará debidamente todas las actuaciones que conlleven a verificar la procedencia o no de la decisión a emitir, resultando para ello innecesaria la celebración de audiencia oral y ASÍ SE DECIDE, conforme al encabezamiento del artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Manifiesta la representante fiscal que, se desprende de las actas una carencia de pluralidad de elementos, y no habiendo más datos que aportar al esclarciemiento de los hechos se considera ajustado a derecho sobreseer la causa
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Sucre con sede en la Ciudad de Cumaná, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y peor autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, DIRWAN VALENTIN MARQUEZ CORTEZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.624.611, de 28 años de edad, nacido en fecha 01/08/1984, natural de Margarita Estado Nueva Esparta, soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de los ciudadanos DOMINGA MARQUEZ y LUIS MILLAN, residenciado en Petare barrio la bombilla frente de la cancha, Caracas Distrito Capital y/ o Barrio 22 de octubre de Cariaco frente a transito terrestre , familia Márquez Cortez- Cariaco Estado Sucre, teléfono Nº 0414-698-9798, de conformidad con el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.. Notifíquese de la presente decisión a las partes, conforme a lo establecido en el artículo 175 Ejusdem. Envíese las presente actuaciones al Archivo Central, en el lapso legal correspondiente. Cúmplase.-
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL
Abog. Anadeli del Carmen León de Esparragoza
La Secretaria
Abog. Maria Alejandra Andarcia
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