REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.
Cumanà 06 de junio de 2012
202º y 153º


Vista el acta de fecha 06-06-2012, que riela al folio cincuenta y ocho (58) del presente asunto, levantada durante la realización de la audiencia preliminar en su fase de sustanciación, en la cual los ciudadanos: JOHANA NAZARETH RODRIGUEZ MUÑOZ y TULIO ENRIQUE OROPEZA MONTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.941.079 Y 13.598.158, respectivamente, domiciliados la primera en la Llanada, sector 2, vereda 26, casa Nº 24, Cumaná, Estado Sucre y el segundo en la Urbanización Juana La Avanzadota, Casa Nº J54-4, Maturín, Estado Monagas, en presencia de la Jueza Abogada Maria Eugenia Graziani, celebraron la fase de Sustanciación en relación a la Obligación de Manutención, en beneficio de su hija, Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de doce (12) años de edad, llegando al siguiente acuerdo:

“El padre pasará la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) mensuales, debiendo ser depositado los primeros cinco (05) días del vencimiento de cada mes en la cuenta bancaria que ya el padre tiene conocimiento, así mismo se compromete a cubrir cualquier gasto que requiere su hija por bonificación de fin de año. El padre cubre los gastos de ropa y calzado. Por concepto de Medicina, medico, útiles escolares, uniforme e inscripción el padre cubrirá el cincuenta por ciento (50%). Ambos padres solicitan la homologación.

Ante tales supuestos de hecho y de derecho, observando que las partes conociendo sus realidades familiares establecieron tal forma de dar cumplimiento a las Instituciones Familiares, no siendo ello contrario al interés superior de la adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de doce (12) años de edad, considerando que la presente conciliación cubre las exigencias del artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, a la mediación celebrada por los ciudadanos: JOHANA NAZARETH RODRIGUEZ MUÑOZ y TULIO ENRIQUE OROPEZA MONTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.941.079 Y 13.598.158, respectivamente, domiciliados la primera en la Llanada, sector 2, vereda 26, casa Nº 24, Cumaná, Estado Sucre y el segundo en la Urbanización Juana La Avanzadota, Casa Nº J54-4, Maturín, Estado Monagas. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada. Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de
Conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia
De Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná a los seis (06) días del mes de junio del año dos mil doce (2012).- Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-
LA JUEZA


Abg. María Eugenia Graziani

La Secretaria

La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 10:30:00 a.m.

La Secretaria







SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (HOMOLOGACION)
ASUNTO Nº: JMS1-4559-11
PARTE ACTORA: JOHANA NAZARETH RODRIGUEZ MUÑOZ
PARTE DEMANDADA: TULIO ENRIQUE OROPEZA MONTES
MOTIVO: REVISIÒN DE OBLIGACION DE MANUTENCION
MEG/yulimar