REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Cumaná, 05 de Junio de 2012
202° y 153°
Visto el escrito presentado en fecha 31 de Mayo de 2012, por el abogado en ejercicio JOSE ANTONIO GONZALEZ PEREZ, quien actúa con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JULIO CESAR CASTILLO, a través del cual solicitó aclatoria del auto decisorio dictado por este Tribunal, en fecha 30 de Mayo de 2012, en el cual ordenó la apertura de la incidencia prevista en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, y se le atribuyó al mencionado abogado la condición de apoderado judicial de la parte ejecutada de autos, cuando esta ultima situación no es la correcta. Al respecto, esta Jurisdicente constata de una vez revisión efectuada a las actas procesales, que ciertamente, incurrió este Órgano Jurisdiccional en un error involuntario al señalar en el indicado auto que, el abogado en ejercicio JOSE ANTONIO GONZALEZ PEREZ ostentaba la representación judicial de la ciudadana JENNY YAMILE CERMEÑO CARABALLO, cuando lo procedente era indicar que el mismo fungía como apoderado judicial del ciudadano JULIO CÉSAR CASTILLO, quien en fecha 15 de Mayo de 2.012, planteó oposición a la medida de embargo ejecutivo decretada por este Despacho Judicial.
En consecuencia, persuadido este Tribunal del error en el cual incurrió de conformidad con lo dispuesto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, rectifica que, en el auto de fecha 30 de Mayo de 2012, cursante al folio 115, debe decir que el abogado en ejercicio JOSE ANTONIO GONZALEZ PEREZ, actúa con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JULIO CESAR CASTILLO, quedando Incólume las demás determinaciones expuestas en dicho auto y así se decreta.-
La Juez Prov.,
Abg. GLORIANA MORENO MORENO
La Secretaria.,
Abg. KENNY SOTILLO SUMOZA
Exp. 19.362
Auto
Materia: Civil
Motivo: VIA EJECUTIVA
Partes: Francisco Javier López vs Jenny Yamile Cermeño Caraballo .