JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE – CUMANA.
En horas de despacho del día de hoy martes doce (12) de junio de dos mil doce (2012), siendo las 2:00 p.m., encontrándonos en la sede del Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, la jueza provisoria abogada MIRTHA ELENA PALOMO, la secretaria del mismo, abogada MAURYS YELITZA ALCÁNTARA RAMÍREZ, su alguacil, ciudadano MANUEL JOSÉ MALAVE FLORES y el abogado JOSE BELLO BAYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.382, en su carácter de demandante, parte actora en el juicio N° 10-5306 que por causa de DAÑOS MATERIALES DERIVADOS ACCIDENTE DE TRANSITO se sustancia ante el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, el cual decretó MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO en contra del ciudadano LUIS RAFAEL SALAZAR BLANCO, titular de la cédula de identidad N° V-5.858.340. Se anunció a las puertas del despacho el acto de traslado y constitución del Tribunal en el lugar donde se ha de practicar la medida decretada por el Juzgado comitente.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABGA. MIRTHA ELENA PALOMO (FDO)
JUEZA EJECUTORA DE MEDIDAS
EL ALGUACIL,
MANUEL JOSE MALAVE FLORES (FDO)
LA PARTE ACTORA,
Abg. JOSE BELLO BAYES (FDO)
LA SECRETARIA,
ABGA. MAURYS YELITZA ALCÁNTARA RAMÍREZ (FDO)
En el día de hoy martes doce (12) de Junio de dos mil doce (2012), siendo las 3:40 p.m., oportunidad fijada para práctica de la medida de embargo ejecutivo, se trasladó y constituyó este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, conformado por la Jueza Provisoria abogada MIRTHA ELENA PALOMO, y la Secretaria Titular del Juzgado abogada MAURYS YELITZA ALCANTARA RAMIREZ; a la siguiente dirección: El Peñón, Sector La Matica, Galpón Nº 50- A, Cerca del Polígono de Tiro, Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del estado Sucre, a solicitud y en compañía del abogado JOSE BELLO BAYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.382, en su carácter de demandante, a objeto de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, con motivo del juicio que por DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO sigue el abogado JOSE BELLO BAYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.382, en contra del ciudadano LUIS RAFAEL SALAZAR BLANCO, titular de la cédula de identidad N° V-5.858.340., sustanciado en el expediente N° 10- 5306, nomenclatura interna correspondiente a dicho tribunal. Una vez constituidos en la dirección antes mencionada, fuimos atendidos por el abogado ATAHUALPA JOSE CORONADO ARREDONDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, hábil y titular de la cédula de identidad Nº V-12.275.093, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 93.893, representante legal de la Depositaria Judicial Oriental El Faro, C.A (ORFACA), de este domicilio, a quien el Tribunal le notifico su misión y que en esta sede se encuentra retenido un vehiculo Marca: CHEVROLET; Modelo: ANDINO; Clase: AUTOBUS; Año: 1986; Color: BLANCO Y FRANJAS AZULES; Placas: AA9909; Serial de Carrocería: CP23TFV217816, según lo informado por el COM. (TT) JOSE RAMON MATUTE NIEVES, Cdte. de la U.E.C.T.V.T.T. N° 24-Sucre, mediante oficio N° 003-12, de fecha 8 de junio de 2012. Acto seguido hizo acto presencia el ciudadano LUIS RAFAEL SALAZAR BLANCO, quien se identificó con su cédula de identidad Nº V- 5.858.340, quien manifestó ser el demandado de autos y debidamente asistido del abogado GUSTAVO ADOLFO BETANCOURT LIMPIO, inscrito en el Inpreabogado Nº 148.464, y expone: ¨ Con el objeto de finiquitar el presente juicio, ofrezco pagar la cantidad de DIECIOCHO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS ( Bs. 18.000,00), que incluye el monto demandado mas los honorarios del abogado demandante, de la siguiente manera: 1) Un primer pago por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 10.000,00), en este acto, mediante cheque Nº 00000233, de la Cuenta Corriente Nº 0108- 0079-09-0100098831, cuyo titular es VALENTIN SALAZAR BLANCO, girado en contra del BANCO PROVINCIAL, a nombre de JOSE BELLO BAYES. 2)Un segundo pago por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5000,00), que será pagado el día treinta (30) de Junio del año en curso; y un último pago por la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) que será pagado el día diez (10) de Julio del año en curso. En consecuencia, no quedo nada a deber por los conceptos establecidos en el decreto de comisión ni ningún otro concepto, relacionado con éste expediente de comisión. De aceptárseme tal ofrecimiento, una vez entregada la cantidad de dinero a la parte demandante, y se me expida el finiquito correspondiente, me comprometo a llevarlo a este juzgado en su sede natural. Asimismo, solicito del Tribunal la entrega formal de vehiculo retenido, el cual esta debidamente identificado y depositado en la sede de esta Depositaria Judicial. Es todo¨. Acto seguido interviene el abogado JOSE BELLO BAYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.382, en su carácter de demandante y expone: ¨Acepto en este acto la oferta de pago señalado por el ciudadano LUIS RAFAEL SALAZAR BLANCO, demandado de autos, en los términos antes descritos. De igual manera, solicito del Tribunal se libre oficio al Comandante de la Unidad 24 de Transporte y Tránsito Terrestre de esta ciudad. Es todo¨. Este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, vista las solicitudes realizadas por amabas partes, se ordena a la depositaria judicial que le entregue formalmente el vehiculo Marca: CHEVROLET; Modelo: ANDINO; Clase: AUTOBUS; Año: 1986; Color: BLANCO Y FRANJAS AZULES; Placas: AA9909; Serial de Carrocería: CP23TFV217816, al ciudadano LUIS RAFAEL SALAZAR BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.858.340. Asimismo, oficiar al Comandante de la Unidad 24 de Transporte y Tránsito Terrestre de esta ciudad, con el objeto de informar la liberación del vehiculo retenido. De igual manera, visto el acuerdo al que han llegado las partes, este Tribunal declara concluido el presente acto; da por cumplida la comisión que le fuera encomendada por el Juzgado comitente, ordenando el regreso a su sede y la publicación de la presente acta en la pagina web del Tribunal Supremo de Justicia y se deje copia certificada de dicha acta en el archivo de éste Tribunal, de conformidad con la interpretación analógica del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. La presente acta sólo contiene las menciones que por obligación legal le son permitidas, en aplicación de los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente.-Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República. Seguidamente el tribunal da por terminado el acto, ordena el cierre del acta, siendo las 5:30 p.m. Finalmente la secretaria da lectura al acta dejando constancia que no hay tachaduras ni enmiendas. Es todo.-
LA JUEZA PROVISORIA,
ABGA. MIRTHA ELENA PALOMO (FDO)
JUEZA EJECUTORA DE MEDIDAS
LA PARTE ACTORA,
Abg. JOSE BELLO BAYES (FDO)
EL NOTIFICADO,
ABG. ATAHUALPA JOSE CORONADO ARREDONDO (FDO)
REPRESENTANTE LEGAL DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL (ORFACA)
LA PARTE DEMANDADA Y SU ABOGADO ASISTENTE,
LUIS RAFAEL SALAZAR BLANCO (FDO)
Abg. GUSTAVO ADOLFO BETANCOURT LIMPIO (FDO)
LA SECRETARIA,
ABGA. MAURYS YELITZA ALCÁNTARA RAMÍREZ (FDO)
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