LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
RIO CARIBE, 11 DE JUNIO DEL 2012-
202° Y 153°
Exp. Nº.49-2011.-
SOLICITANTE: MAGALY TERESA GOMEZ MARCANO………………………….
……………………………………Titular de la Cédula de Identidad N°V- …………………… ……………Nº.V-14.327.123
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO.
APODERADO: NO CONSTITUYO
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA DEFINITIVA.
En fecha 25 de Marzo del año 2011, compareció por ante este Juzgado la ciudadana MAGALY TERESA GOMEZ MARCANO, venezolana, de ocupación Productor Agrícola, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.14.327.123, domiciliada en el Sector Mapire, Jurisdicción de la Parroquia Puerto Santo, Municipio Arismendi del Estado Sucre, asistida en este acto por la Abogada ELISA RODRIGUEZ LABORITT, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.13.274.382, Inpreabogado N°.105.956, actuando en su carácter de Defensora Pública Agraria (S) del Estado Sucre, Extensión Carúpano, quien solicita la declaración de un Titulo Supletorio, a su Favor sobre un Sembradío constante de: 5 Plantas de Cacao, 4 de Pan del Año, 4 de Mangos, 4 de Limón, 2 de Nísperos, 2 de Pumalacas, 15 de cambur, 5 de Plátanos, 2 de Granadas, 8 de Lechosas, y unas bienhechurías que miden 7,50 mts de frente por 15 de largo, ancladas y sembradas en Terrenos propiedad Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en el asentamiento Campesino Mapire, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Carretera Morro Puerto Santo, SUR: Terrenos Ocupados por DAY RODRIGUEZ, ESTE: Terrenos Ocupados por MARISELA GARCIA y MARCO GARCIA, OESTE: Terrenos Ocupados por LEDYS OLIVEROS y NIEVE GRANADO. Se da admisión a la presente solicitud y se fija para la presentación de los testigos el mismo día de despacho, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), los cuales dan fe de sus dichos.
Ahora bien llenos como se encuentran, los extremos de ley, para que prospere la solicitud de titulo supletorio, a favor de la solicitante, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide. Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor de la ciudadana MAGALY TERESA GOMEZ MARCANO, venezolana, de ocupación Productor Agrícola, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.14.327.123, domiciliada en el Sector Mapire, Jurisdicción de la parroquia Puerto Santo, Municipio Arismendi del Estado Sucre, asistida en este acto por la Abogada ELISA RODRIGUEZ LABORITT, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.13.274.382, Inpreabogado N°.105.956, actuando en su carácter de Defensora Pública Agraria (S) del Estado Sucre, Extensión Carúpano, sobre un Sembradío constante de: 5 Plantas de Cacao, 4 de Pan del Año, 4 de Mangos, 4 de Limón, 2 de Nísperos, 2 de Pumalacas, 15 de cambur, 5 de Plátanos, 2 de Granadas, 8 de Lechosas, y unas bienhechurías que miden 7,50 mts de frente por 15 de largo, ancladas y sembradas en Terrenos propiedad Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en el asentamiento Campesino Mapire, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Carretera Morro Puerto Santo, SUR: Terrenos Ocupados por DAY RODRIGUEZ, ESTE: Terrenos Ocupados por MARISELA GARCIA y MARCO GARCIA, OESTE: Terrenos Ocupados por LEDYS OLIVEROS y NIEVE GRANADO. DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Publíquese, Regístrese y Expídase por secretaria, las copias certificadas correspondientes y entréguesele a su solicitante.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Río Caribe, a los Once (11) días del mes de Junio del dos mil doce (2.012).- Años 202° de la Independencia y 153º de la Federación.-
El Juez Provisorio,
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Abg. LUICE ALVAREZ HURTADO
El Secretario,
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ
Nota: En esta misma fecha 11-06-2012, se publicó la anterior Sentencia, siendo las 09:00 de la Mañana.-
El Secretario,
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ
Exp. Nº.49-2011.-
LAH/g.g.
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