JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
San José de Areocuar, 6 de junio de 2.012
202º y 153º

Vista la solicitud presentada por el ciudadano HECTOR JESUS MATUTE CASTILLO, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 8.470.553 y domiciliado en la población de Rivilla , Parroquia San José del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, asistido por el ciudadano Alfredo Fermín, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 66.143 y con domicilio procesal en Carúpano, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo: MARCA: FORD, AÑO: 1980, MODELO: F-150, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, COLOR: DORADO, SERIAL DEL MOTOR: 6 CIL., SERIAL DE LA CARROCERÍA: AJF15W28964, USO DEL VEHÍCULO: CARGA, PLACA ACTUAL: 816BBD. y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: JOSE DOMINGO ABAD CALDERON y ERNESTO SILVANO ZABALETA CEDEÑO, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.13.317.895 y 6.957.201, respectivamente, domiciliados ambos en esta jurisdicción del Municipio Andrés Mata del estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano HECTOR JESUS MATUTE CASTILLO, sobre el vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar a los seis días del mes de junio de dos mil doce. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,

Abg. Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,


T.S.U. Zoraima M. Vargas
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,


T.S.U. Zoraima M. Vargas

Sol.Nº. 024-2012