República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre




Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta
del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Cumaná – Estado Sucre

S E N T E N C I A INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

LAS PARTES Y LA CAUSA
DEMANDANTE: HELEN JOSEFINA ORTÍZ.
DEMANDADAS: EUKARLIS DEL VALLE MARÍN ORTÍZ, MAYERLIN
DEL CARMEN MARÍN ORTÍZ, EUKARINA MARÍN ORTÍZ, DEIVYS MARÍN ORTÍZ, HÉCTOR JOSÉ MARÍN SERRANO, HECNY ROSA MARÍN SERRANO, y DAIRY JOSEFINA MARÍN SERRANO.
PRETENSIÓN: ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO.
FECHA: 19 DE JUNIO DE 2012.
EXPEDIENTE: N° 11-5574.

N A R R A T I V A

LA DEMANDA
En fecha veintidós (22) de noviembre de dos mil once (2011), se admitió demanda contra EUKARLIS DEL VALLE MARIN ORTIZ, MAYERLIN DEL CARMEN MARIN ORTIZ, EUKARINA MARIN ORTIZ, DEIVYS MARIN ORTIZ, HECTOR JOSE MARIN SERRANO, HECNY ROSA MARIN SERRANO y DAIRY JOSEFINA MARIN SERRANO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nros. V-24.514.677, V-18.580.765, V-24.514.178, V-15.346.277, 12.665.097, V-13.942.666, V-11.828.017, residenciados en Araya, Calle Negro Primero, C/S, Araya, Estado Sucre, incoada por la ciudadana HELEN JOSEFINA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-5.708.956, domiciliada en la Calle Negro Primero, C/S, Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre, asistida por el profesional del derecho PEDRO JOSÉ ANDRADE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 113.779.


La pretensión es MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO.

EL DESISTIMIENTO

El día seis (06) de febrero de dos mil doce (2012), la demandante, ciudadana HELEN JOSEFINA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-5.708.956, asistida porel profesional del derecho PEDRO JOSÉ ANDRADE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 113.779, presentó diligencia mediante la cual DESISTE de la DEMANDA, en los términos siguientes:” En horas del despacho del día de hoy 06-02-2012, comparece la ciudadana HELEN ORTÍZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.708.956, asistida en este acto por PEDRO ANDRADE, abogado en ejercicio inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 113.779, quien manifiesta desistir de la demanda de Acción Mero Declarativa de Concubinato según expediente N° 5574.”

Por cuanto lo pedido no es contrario a derecho, este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO.-

Regístrese, publíquese inclusive en la página Web del Tribunal y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Cumaná, diecinueve (19) de junio de dos mil doce (2012).
EL JUEZ PROVISORIO,

ANTONIO JOSE LARA INSERNY

LA SECRETARIA,

MARÍA RODRÍGUEZ

NOTA: Dando cumplimiento a las formalidades de Ley, y siendo las tres y diez de la tarde (3:10 p.m.), se publicó la anterior Sentencia Interlocutoria con fuerza de definitiva.
LA SECRETARIA,

MARÍA RODRÍGUEZ



EXP. 11-5574.-
AJLI/MR/mef.-