REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 25 de Junio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-002559
ASUNTO: RP11-P-2008-002559
Visto el contenido del oficio Nº 1265 suscrito por el Director del Internado Judicial de esta Ciudad , mediante el cual remite anexo informe de Novedad de fecha 07 de Junio del año en curso, relativo a la conducta del Penado Javier Hernández Bellorin, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.955.199; informe en el cual el Sub-Director y el Jefe de Régimen del Internado Judicial de esta Ciudad, señalan que el penado Javier Hernández Bellorin presuntamente bajo efectos de sustancias estupefacientes, agredió al Interno Enrique José Figueroa Gil, causándole heridas en la mano derecha luego de lo cual fue agredido por el resto de los internos que se encontraban en el pasillo. Así mismo se indica que el referido penado no puede convivir en el resto de las áreas de dicho centro penitenciario por no adaptarse a las normas de convivencia internas por lo que sugieren su traslado hasta la comandancia de Policía de esta ciudad; este Tribunal pasa a proveer en los siguientes términos: Los hechos descritos anteriormente ponen de manifiesto la indisciplina del penado Javier Hernández Bellorin, lo que en todo caso a juicio de quien decide debe traer como consecuencia su traslado inter penal, por cuanto la comandancia de policía de esta ciudad, sitio sugerido en el informe, amén de no ser sitio de cumplimiento de pena y de tener una capacidad limitada, se encuentra tan o mas hacinado que el Internado Judicial de esta Ciudad ; razón por la cual, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano , Autoriza suficientemente al director del Internado Judicial de esta Ciudad para que se tramite ente la dirección de Prisiones el traslado del penado Javier Hernández Bellorin, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.955.199, a otro establecimiento penitenciario que al efecto se disponga. Cúmplase. Líbrese el oficio respectivo.
El Juez Primero de Ejecución.
Abg. Luis Mariano Marsella.
La Secretaria.
Abg. Carol Muziotti.