REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 5 de Junio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-002462
ASUNTO : RP01-P-2010-002462
Visto que a partir del día 10 de FEBRERO del año 2012, fui designada por la Abg. Ana Dubraska García, Jueza Rectora del Estado Sucre, a los fines de presidir el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial, en virtud de reposo médico otorgado a la Juez Titular del Tribunal Abg. Marleny Mora Salas, es por lo que me avoco al conocimiento de la presente causa. Se recibe en este Tribunal oficio N° 19-F10-1C-2012, de fecha 14/05/2012, emanado de la Fiscalía DECIMA del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en la que ese Despacho Fiscal señala que hasta tanto surjan nuevos elementos que puedan dar origen a la reapertura de la presente , por lo que se DECRETO EL ARCHIVO FISCAL en el presente asunto, donde figuran como imputado CARLOS JOSE JIMENEZ, y como presunta victima MORAIMA BARRETO DE JIMENEZ; este Tribunal PRIMERO de Control, al hacerse revisión deL JURIS 2000, decisión de fecha 17 de JULIO de 2010, donde se declaro con lugar la ratificación de las medidas de seguridad y protección impuestas por el órgano policial, las cuales son las contenidas en los numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, consistente en : Prohibición o restricción al agresor el acercamiento a la mujer agredida, prohibición de acercamiento al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la mujer agredida y Prohibición de por si mismo o de terceras personas, de realizar actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia y en este acto se le impone la Medida contenida en el articulo 87 numeral 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, la cual consiste en: La Salida Del Agresor De La Residencia Común, Independientemente De Su Titularidad.
Ahora bien, el titular de la acción penal conforme se desprende de las actuaciones ha emitido su decisión de haber culminado la investigación y genera como acto conclusivo de la misma, el ARCHIVO FISCAL, encontrándose facultado para ello conforme al contenido del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, originándose por mandato expreso de dicha disposición, que por efecto de la decisión Fiscal, en consecuencia, este tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA TOMAR DEBIDA NOTA DEL DECRETO DEL ARCHIVO FISCAL de las actuaciones correspondiente al imputado: CARLOS JOSE JIMENEZ , sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Quedan cesadas toda medida cautelar sustitutiva decretada en fecha anterior. Líbrese las respectivas boletas de notificación a las partes. Emitidas las Notificaciones ordenadas, remítase la presente causa a la Fiscalia 10 del Ministerio Público.- Librese lo conducente. Cúmplase.-
Juez PRIMERA de Control
Abg. JESSYBEL BELLO
Secretario Administrativo,
ABG. MARIA VICTORIA AGUILAR
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