REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO Y REGIMEN DE TRANSICION CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. SEDE CUMANA.
202º Y 153°
Cumana, treinta (30) de Julio de dos mil doce (2012)
ASUNTO: N° TI1-(TP1-3072-07)
PARTES: SOLICITANTE: Consejo de Protección de Niños, Niñas y adolescentes del Municipio sucre del Estado Sucre por denuncia de la ciudadana IRISOL FERRER, 14.703.199, calle 12 de Octubre, El Peñón, Cumana Estado Sucre.-
NIÑOS y ADOLESCENTES: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR EN ENTIDAD DE ATENCION.-.
Examinadas las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la Medida de Protección de Colocación Familiar de los niños y adolescentes Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y vista la solicitud de Medida de Protección Provisional en Entidad de Atención realizada por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y adolescentes del Municipio Sucre del Estado Sucre a requerimiento del Consejo de Protección de Niños, Niñas y adolescentes del Municipio Sucre del estado Sucre por denuncia de la ciudadana IRISOL FERRER, 14.703.199, calle 12 de Octubre, El Peñón, Cumana Estado Sucre Cumana Estado Sucre.-
Este Juzgador debe velar por los derechos y garantías de la teniendo como norte el Interés Superior del Niño, establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes e igualmente en razón de la facultad que tiene de modificar las medidas dictada, cuando varíen las circunstancias que causaron dicha medida y a los fines de asegurar el desarrollo integral de los niños y adolescentes Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo previsto en el artículo 131 ejusdem, en el presente asunto no impide que este juzgador decida en beneficio de los niños y adolescentes ya que los padres biológicos tienen tantos problemas de conducta que son reflejados en la vida de sus hijos y estos se encuentran en custodia en entidades de atención como CASA HOGAR VIRGEN DEL VALLE y RENACIENDO EN EL AMOR, este Despacho Judicial a cargo del Juez de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CONFIRMA CON LUGAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCION de la de conformidad con lo previsto en los artículos 126, literal “i”, 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la custodia legal la seguirá ejecutando en la casa hogar “CASA TALLER CUMANA y RENACIENDO EN EL AMOR”, ubicada en la calle Monagas la primera y la segunda en la av. Gran Mariscal frente al banco Carona la segunda, Cumana Estado Sucre.- Cúmplase.
La presente sentencia ha sido dictada fuera del lapso legal, notifíquese a las partes.-.
Publíquese de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento al mandato del artículo 248 eiusdem, déjese copia certificada.- Así mismo se ordena su publicación en la página Web del Tribunal
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. El Juez (fdo) Abg. JESUS SALVADOR SUCRE La Secretaria (fdo) Abg. LUISA MARQUEZ. Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná a los treinta (30) días del Mes de Julio de dos mil doce (2012).- Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
LA SECRETARIA
Abg. LUISA MARQUEZ
ASUNTO: Nº TI1-(TP1-3072-07)
COLOCACION FAMILIAR EN ENTIDAD DE ATENCION.-
SOLICITANTE: Consejo de Protección de Niños, Niñas y adolescentes del Municipio Sucre del Estado Sucre.-
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