REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 11 de Julio del 2.012.
202° y 153°
Exp. N° 16.321.
DEMANDANTE: CARMEN JOSEFINA GOMEZ
MUNDARAIN, Titular de la Cédula de Identidad
Nro. 6.952.867
APODERADO (A): CARMEN GUERRA SANCHEZ, Inscrita
En el Inpreabogado bajo el Nro. 30.363.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Independencia, Edif. Fundabermúdez,
Primer Piso, Oficina N° 6 Carúpano, Municipio
Bermúdez del Estado Sucre.
DEMANDADO: ROSALIA CORDOVA, Titular de la
Cédula de Identidad N° 6.378.091.
APODERADO (S): CARMEN ROSA GAMBOA, GERTRUDIS
MARCANO y CARLOS MENESES, Inscritos
En el Inpreabogado bajo los Nros. 89.640, 41.982
y 44.874 respectivamente.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó
MOTIVO: PARTICION DE BIENES
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
Por recibido el presente expediente emanado del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, el Tribunal le da entrada y el curso legal correspondiente y por cuanto se observa que las partes intervinientes en el presente juicio, en fecha 08 de Diciembre del 2.011, establecieron un Convenimiento por ante La Notaría Pública de Carúpano, el cuál fue consignado en el expediente en fecha 08 de Junio del 2.012, ante el Juzgado Superior por la abogada CARMEN GUERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.363, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante, este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el CONVENIMIENTO de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas Campos.
Exp. Nro. 16.321.
SGDM/Fvc/dr.
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