JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE.
202° y 153°
SENTENCIA NRO 51 - 2012-I
EXPEDIENTE No: 09894
MOTIVO: DAÑOS MATERIALES, DAÑOS MORALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO
PARTE DEMANDANTE: NANCY DEL CARMEN SALAZAR, MAIVER ALEJANDRA JULIAC SALAZAR, MAILYN CAROLINA JULIAC SALAZAR, MALLERLYN DEL VALLE JULIAC SALAZAR, MAURY LAURYS JULIAC JIMENEZ, JACQUELLYN JOSE JULIAC BRUZUAL y HERBERT JOSE JULIAC BRUZUAL.
PARTE DEMANDADA SONIA LEONOR CORDOVA Y MERCEDES ELOINA CORDOVA GUEVARA
APODERADO JUDICIAL NO TIENE APODERADO JUDICIAL
En fecha siete de junio del año dos mil diez (07/06/2010), se recibió por distribución la presente demanda, motivado a DAÑOS MATERIALES, DAÑOS MORALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO, incoada por los ciudadanos NANCY DEL CARMEN SALAZAR, MAIVER ALEJANDRA JULIAC SALAZAR, MAILYN CAROLINA JULIAC SALAZAR, MALLERLYN DEL VALLE JULIAC SALAZAR, MAURY LAURYS JULIAC JIMENEZ, JACQUELLYN JOSE JULIAC BRUZUAL, HERBERT JOSE JULIAC BRUZUAL, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, de este domicilio y titulares de la cédulas de identidad números V-5.703.342, V-15.112.374, V-15.112.373, V-16.996.451, V-15.576.439, V-17.539.179, V-18.775.079, respectivamente, actuando en nombre propio y condición de conyugue e hijos herederos del hoy ocioso Ramón José Juliac, venezolano, mayor de edad, casado titular de la cédula de identidad Nº V-8.425.052, y a la ciudadana EQUELINA DEL VALLE BRUZUAL, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-9.271.212, actuando en representación de su hija JOSELYN DEL VALLE JULIAC BRUZUAL, menor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.994.906, quien es también hija heredera del fallecido Ramón José Juliac, debidamente asistidos por el Abogado en Ejercicio JADDER ALEXANDER RENGEL SALAZAR, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-15.112.562 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 109.295, contra el ciudadano SERGIO RAFAEL JIMENEZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-10.946.737, domiciliado en el sector Quebrada seca de la carretera Cumaná Cumanacoa casa sin número, Municipio Montes del Estado Sucre, en su carácter de conductor de un vehículo, Marca: Chevrolet, Modelo: Cheyenne, Clase: camioneta, Tipo: Pick-Up, Uso: Carga Año: 1994, Color_ verde, Placa: 30AMAA, Serial de la carrocería: CICMKSV309644.
En fecha 14/06/2010, se formó Expediente bajo el Nº 09894.
En fecha 17/06/2010, por medio de auto, este tribunal admitió la presente demanda, y ordenó el emplazamiento del ciudadano SERGIO RAFAEL JIMENEZ RIVERO, ya identificado, se libró compulsas del libelo de la demanda, se ofició al ciudadano Jefe de la Oficina de Control de Procedimiento, Puesto de Vigilancia de Tránsito del Estado Sucre con el fin de que remitieran copias certificadas de las actuaciones Administrativas de Tránsito Terrestre, levantadas con motivo del Accidente de transito objeto del presente juicio.. (Ver folio 56 al 59)
En fecha 09/07/2010, se recibió comunicación del Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, contentivo del Expediente Nº 1355/21-06-2009, el cual fue solicitado por este tribunal según oficio 330-2010. (Ver folio 60 al 183).
Se evidencia de los autos, que la última actuación procesal en el caso de marras fue realizada el 13 de Julio de 2010, la cual corre inserta al folio 139, es fácil deducir para quien suscribe sentencia, que ha transcurrido más de un año desde la última actuación procesal hasta la presente fecha, en consecuencia, ha operado la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código DE PROCEDIMIENTO CIVIL, el cual es del siguiente tenor:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención....”.
(Negrillas del Tribunal).
En atención al razonamiento antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de Oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 eiusdem, con los efectos señalados en el artículo 271 del mismo Código adjetivo, en el juicio que por DAÑOS MATERIALES, DAÑOS MORALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO, incoada por los Ciudadanos NANCY DEL CARMEN SALAZAR, MAIVER ALEJANDRA JULIAC SALAZAR, MAILYN CAROLINA JULIAC SALAZAR, MALLERLYN DEL VALLE JULIAC SALAZAR, MAURY LAURYS JULIAC JIMENEZ, JACQUELLYN JOSE JULIAC BRUZUAL, HERBERT JOSE JULIAC BRUZUAL, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, de este domicilio, titulares de la cédulas de identidad números V-5.703.342, V-15.112.374, V-15.112.373, V-16.996.451, V-15.576.439, V-17.539.179, V-18.775.079, respectivamente, actuando en nombre propio y condición de conyugue e hijos herederos del hoy ocioso Ramón José Juliac, venezolano, mayor de edad, casado titular de la cédula de identidad Nº V-8.425.052, y a la ciudadana EQUELINA DEL VALLE BRUZUAL, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-9.271.212, actuando en representación de su hija JOSELYN DEL VALLE JULIAC BRUZUAL, menor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.994.906, quien es también hija heredera del fallecido Ramón José Juliac, debidamente asistidos por el Abogado en Ejercicio JADDER ALEXANDER RENGEL SALAZAR, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-15.112.562 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 109.295, contra el ciudadano SERGIO RAFAEL JIMENEZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-10.946.737, domiciliado en el sector Quebrada seca de la carretera Cumaná Cumanacoa casa sin número, Municipio Montes del Estado Sucre, en su carácter de conductor de un vehículo, Marca: Chevrolet, Modelo: Cheyenne, Clase: camioneta, Tipo: Pick-Up, Uso: Carga Año: 1994, Color_ verde, Placa: 30AMAA, Serial de la carrocería: CICMKSV309644.
. ASÍ SE DECIDE.
No hay condenatoria en COSTAS PROCESALES de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.
Publíquese y Regístrese.-publíquese en la página Web de este Tribunal
Dado, firmado y sellado, en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en Cumaná a los 10 días del mes de Julio del año 2012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
Jueza;
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DRA. INGRID BARRETO DE ARCIA
Secretaria Titular
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ABG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO
NOTA: En esta misma fecha 10 días del mes de Julio del 2012, siendo las (10:00 a.m.), previo cumplimiento de las formalidades de ley, se publicó y registró la anterior sentencia Interlocutoria.
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ABG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO
Secretaria Titular
IBdeA/ilt/dv
EXP. N° 09894
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