En el día de hoy, treinta Y Uno (31) de julio de dos Mil doce (2012); Siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.) se trasladó el juzgado conformado por la abogada Ana Emilia De Simone, Jueza Provisoria Ejecutora de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Benítez, Libertador y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre y de la Abogada Keina M. Marcano P. secretaria Temporal del mismo; en compañía de la abogada Mirna Salazar, inscrita en el inpreabogado con el Nº 35.566, actuando como apoderada judicial de la parte actora; del auxiliar de justicia Víctor Julio Jiménez, titular de la cédula de identidad Nros 4.300.726 y los oficiales agregados Héctor Serrano y Sergio Silva, titulares de las cédulas de identidad Nros 10.217.744 y 11.833.276 respectivamente.- Constituyéndose siendo las dos y veinte de la tarde (02:20 p.m); en la siguiente dirección: Carretera Carúpano- San José de Aereocuar, al lado del Centro Árabe, venezolano, donde se encuentra el Estacionamiento El Venezolano S.R.L; a los fines de llevar a cabo la práctica de la medida de Embargo Ejecutivo, decretado por el Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre. Acto seguido y constituido como se encuentra el Juzgado en el sitio señalado notifica de su misión a la ciudadana Isabel María Bellorín Tovar, venezolana, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.457.737 quién Manifestó ser la secretaria del Estacionamiento El venezolano S.R.L. y la misma Manifestó que el Encargado y presidente del Estacionamiento El Venezolano S.R.L. Y a su vez Depositario Judicial se encuentra de viaje, la cual el Juzgado le concede un lapso de treinta (30) minutos para que se comunique con él a los fines de garantizarle a el Derecho a la Defensa y al Debido proceso consagrados en los Artículos 26 y 49 en concordancia 257 de la Constitución de la República Bolivariana de venezuela.- En errose. Vencido el lapso concedido. En este Estado solicita el derecho de palabra la abogada Mirna Salazar quien actua como apoderada judicial de la parte actora y Expone: En virtud de que se desprende del contenido de la comisión emitida por el Juzgado del municipio Arismendi no esta especificado el monto sobre el cual recae la Medida de Embargo Ejecutivo previament acordada sobre el vehiculo anteriormente descrito Solicito deje sin efecto la presente Medida a ls efectos que sea devuelto al tribunal comitente a fin de que sea corregida la presente comisión. Es todo.- El Juzgado visto lo expuesto Y solicitado por la parte actora suspende la presente Medida de Embargo Ejecutivo.- es todo. La Secretaria Temporal. da lectura a la presente acta y no errose el juzgado hace constar que no hubo objecciones ni observaciones a la misma y cumplida como ha sido su misión acuerda su regreso a su sede Natural siendo las dos y cincuenta minutos de la tarde (02:50 P.m.). Es todo. Se leyó y conformes firman. La Jueza Provisoria (fdo) ilegible. Ana Emilia De Simone. Apoderada Judicial de la parte actora. (fdo) Ilegible. Abg. Mirna Salazar. Auxiliar de Justicia. (fdo) Ilegible. Victor Julio Jimenez. Notificada (fdo) ilegible. Isabel M. Vellorín T. Oficials agregados. (fdo) Ilegible. Hector Serrano. (fdo) ilegible. Sergio Silva. La Secretaria Temp. (fdo) ilegible. Abg. Keina M. Marcano P.