REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
T.Penal de Juicio del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 13 de julio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2012-000740
ASUNTO: RP11-P-2012-000740



SENTENCIA INTERLOCUTORIA NEGANDO MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD

Vista la solicitud de la Abg. EDUARDO VILLALBA, en su carácter de Defensor Público del acusado ANDRES EDUARDO PATINEZ, mediante la cual solicita la revisión de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, para su defendido de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:

Plantea la defensa en su escrito entre otras cosas que su representado se encuentra recluido en el Internado Judicial de esta ciudad, desde el día 24 de febrero de 2012, solicitando de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.

Ahora bien de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal se procede a revisar la Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre el ciudadano ANDRES EDUARDO PATINEZ, y quien aquí decide observa que los supuestos que sustentaron la Privación Judicial Preventiva de Libertad para decretar la Medida Judicial Preventiva de Libertad contra el imputado en referencia no han variado, por lo que se hace necesario el mantenimiento de la medida privativa preventiva de libertad dictada en contra del acusado ANDRES EDUARDO PATINEZ, para asegurar la presencia del acusado a los actos del proceso, aunado a que en la presente causa esta fijado el Juicio Oral y Público para el día 18 de julio de 2012, a las 9:30 de la mañana, negándose en consecuencia la solicitud de la defensa. Todo de Conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÌ SE DECIDE.



DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, NIEGA LA SOLICITUD DE LA DEFENSA, de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para el acusado ANDRES EDUARDO PATINEZ, ampliamente identificado en autos, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de la ciudadana WILMER CHIROQUE Y JOSE BARRETO, todo de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese.
Jueza Segunda de Juicio

Abg. Lourdes Salazar Salazar
La Secretaria.

Abg. Cruz Sulmira Espinoza