REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial
del Estado Sucre. Sede Cumaná.

Cumanà ,27 de febrero del 2012
201º y 152º


ASUNTO. TI1(TP1-4349-08)
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
DEMANDANTE. ENRIQUE JOSE PATIÑO
DEMANDADA NORIANNY FIGUERA FIGUERA

Recibido en fecha 18-12-2008, escrito presentado por el ciudadano. ENRIQUE JOSE PATIÑO NORIEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.800.782, domiciliado en la urbanización Cumanà III, manzana 02, Nª 24 de esta ciudad de Cumanà , asistido por la Abg. MARIA LEDESMA FUENTES , inscrita en el IPSA bajo el Nº 23.210, contentivo de la demanda por CUMPLIMIENTO DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR , seguido contra la ciudadana NORIANNY JOSE FIGUERA FIGUERA , venezolana, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad Nº 19.237.777, domiciliada en la Urbanización Campeche , sector 04, Casa 00, Casa 06 de esta ciudad de Cumanà , en beneficio de la niña. Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de seis (06 )) años de edad, y visto el acuerdo celebrado por los ciudadanos. ENRIQUE JOSE PATIÑO NORIEGA Y NORIANNY JOSE FIGUERA FIGUERA , En fecha 16-12-2009, por ante ese despacho y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la conciliación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne al CUMPLIMIENTO DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR , establecida de la siguiente manera: La madre ciudadana. NORIANNY JOSE FIGUERA FIGUERA, hace el siguiente ofrecimiento al padre de su hija ciudadano. ENRIQUE JOSE PATIÑO NORIEGA, que la niña. Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de seis (06 ) años de edad , pasara con su hija desde el día lunes hasta el día viernes inclusive, o sea vivirá en su vivienda ya que estudia cerca de allí y los fines de semanas lo pasara con la madre .Las vacaciones anuales eran intercaladas, de común acuerdo .En lo referente al calzado y vestido de la niña serán los gastos por partes iguales,. En este acto el padre de la niña ciudadano ENRIQUE JOSE PATIÑO NORIEGA, esta de acuerdo con dicho convenio. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Sede Cumanà a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil Doce (2012). 201º Años de la Independencia y 152º de la Federación.-.-
EL JUEZ

Abg. JESUS SALVADOR SUCRE RODRIGUEZ



LA SECRETARIA
MEG/yulay