REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales de los testigos ciudadanas MONTAÑO DE CARABALLO FELICIA ANTONIA , venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11010.746, domiciliada en Gran Paraíso, Calle 06, Nº 21, Zona Industrial San Luís Cumaná, Estado Sucre y la ciudadana CARABALLO MONTAÑO JUANA NAVEISIS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad 18.414.238 domiciliada en Gran Paraíso, Calle 06 N° 21, Zona Industrial San Luís Cumaná, Estado Sucre, se evidencia que de las declaraciones de las mismas se subsumen los hechos con la presente solicitud, presentada por la ciudadana MALAVE HENRIQUEZ MARIA DEL ROSARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.640.254, domiciliada en Barrio Gran Paraíso, Sector 03, Calle 06, Casa Nº 19 de Cumana estado Sucre, promovidas en la presente solicitud interpuesta por la ciudadana MALAVE HENRIQUEZ MARIA DEL ROSARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.640.254, domiciliada en Barrio Gran Paraíso, Sector 03, Calle 06, Casa Nº 19 de Cumana estado Sucre debidamente asistida de la Abg. MARISOL HERNÁNDEZ, en su carácter de Defensora Pública con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre actuando en representación del niño. Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de seis (06) años de edad, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ordena que sea incluida en la CARGA FAMILIAR de la ciudadana MALAVE HENRIQUEZ MARIA DEL ROSARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.640.254, domiciliado en Barrio Gran Paraíso, Sector 03, Calle 06, Casa Nº 19 de Cumana estado Sucre, el niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de seis (06) años de edad, hijo de la ciudadana MARIA DEL VALLE FLORES MALAVE (D), venezolana, mayor de edad, quien fuera titular de la cédula de identidad Nº 16.703.007. En Cumaná, a los siete (07) días del mes de Febrero del año Dos Mil Doce (2012).- Anos 2011 de la Independencia y 152º de la Federación.-
La Jueza
ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI
LA SECRETARIA,
La presente decisión fue publicada en su fecha, siendo las 9:00 a.m.
LA SECRETARIA,
MEG/nai
ASUNTO: JMS1-S-2655-12
SOLICITANTE: MALAVE HENRIQUEZ MARIA DEL ROSARIO
MOTIVO: CARGA FAMILIAR
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