REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre Cumana, veintitrés (23) de Febrero del 2.012
201º y 152º



N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2011-000401
PARTE ACTORA: JOSE AGUSTIN PINTO FIGUEROA
PARTE DEMANDADA: SERVI TODO, C.A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


SENTENCIA

Dado a que en la audiencia preliminar celebrada el día de hoy veintitrés (23) de Febrero del 2.012, siendo las 10:00 a.m, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se sigue en el presente asunto, estando presente por la parte demandada SERVI TODO, C.A la ciudadana EDELMIRA MAZA, titular de la cedula de identidad 4.508.205, en su carácter representante de la misma, debidamente asistida por el ciudadano LUIS JAVIER BASTARDO, abogado en ejercicio inscrito en el i.p.s.a bajo el nro. 106.893 y por la parte actora el ciudadano JOSE AGUSTIN PINTO FIGUEROA, titular de la cedula 15.288.309 debidamente asistido por JOAQUIN MARQUEZ, profesional en ejercicio de este domicilio inscrito en el i.p.s.a. bajo los Nro. 68.605,y una vez debatido los puntos objeto de la controversia el juez instó a la mediación del conflicto manifestando el actor su voluntad de desistir del presente procedimiento en consecuencia verificando que la manifestación de voluntad la realiza personalmente el actor el cual se encuentra asistido de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de la asistencia debida, de igual manera se constata que dicho acto lo hizo sin constreñimiento alguno, en consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil declara DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, por lo que declara, TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. Y ASI SE DECIDE. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
La Jueza,


Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL La secretaria,

Abg. Orfelina Reyes