LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES MATA SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
San José de Areocuar, 3 de Febrero de 2012
201º y 152º
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: LILIBETH DEL VALLE LOPEZ DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, casada, comerciante, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.882.338 y domiciliada en el sector Punta Brava de la población de Cariaquito, casa s/n, Parroquia San José, Municipio Andrés Mata, del Estado Sucre; asistida por el ciudadano, LUIS GARCIA VALDEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 50.407 y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, a su favor sobre un Inmueble techado de Acerolit, paredes de bloques y piso de cemento; compuesto de tres habitaciones, una sala, un porche, una cocina, un comedor, un baño y un garaje; constante de Once metros con Veinte centímetros de ancho (11,20), por Dieciséis metros con Cincuenta centímetros de largo (16,50 mts), para un total de Ciento Ochenta y Cuatro metros con Ochenta centímetros cuadrados 184,80 M2), de construcción, enclavado en terreno municipal, el cual no tiene Registro de catastro, esta ubicado en el sector Punta Brava de la población de Cariaquito, casa s/n, Parroquia San José, Municipio Andrés Mata, del Estado Sucre y por sus linderos y medidas se determina de la manera siguiente: NORTE, en Dieciséis metros con Setenta centímetros (16,70 mts), con la vía principal al sector Punta Brava; SUR, en Dieciséis metros con Setenta centímetros (16,70 mts), con el río Rivilla; ESTE, en Cuarenta y Ocho metros (48,00 mts), con casa de habitación de Rustico Lozada y OESTE, en Cuarenta y Ocho metros (48,00 mts), Con casa de habitación de Lourdes Fermín. Teniendo el mencionado y deslindado terreno una superficie total de Ochocientos Un metros con Sesenta centímetros cuadrados (801,60 M2). En la construcción del inmueble, se invirtió la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.120.000,00), sin incluir el terreno y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: MARIO ANTONIO BELLORIN ZABALA y LUIS JOSE CASTILLO, venezolanos, de 61 y 53 años de edad, respectivamente, titulares de las Cédulas de Identidad Nos V-3.762.182 y V-5.884.459, respectivamente, domiciliados en el Sector Punta Brava de la población de Cariaquito, Parroquia San José, de este Municipio Andrés Mata del Estado Sucre; así como también de los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión de la solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de la ciudadana: LILIBETH DEL VALLE LOPEZ DE SANCHEZ, sobre el bien en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. En San José de Areocuar, a los Dos días del mes de Febrero de Dos Mil Doce. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.
La Juez Provisorio
Abog. FANNY R. MARTÍNEZ M.
La Secretaria,
T.S.U. ZORAIMA M. VARGAS
Constante de folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
T.S.U. ZORAIMA M. VARGAS
Sol. Nº.
FRMM/ra
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