REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTES
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANACOA, VEINTIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL DOCE.
201° y 152°
Vistas las declaraciones de los testigos ciudadanos DANNY JOSÉ LÓPEZ FLORES y PEDRO MANUEL SUCRE BRITO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 20.575.659 y V- 15.269.573; respectivamente, rendidas por ante este Tribunal a petición del ciudadano (a) JULIO CESAR VILLAFRANCA VIVENES, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V- 12.520.471, Productor Agropecuario, de este domicilio, asistido en este acto por el Abogado ANTONIO RAFAEL ZAPATA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 129714; quien solicitó al Tribunal declare BASTANTES Y SUFICIENTES dichas actuaciones para otorgarles sus derechos de propiedad que tienen y les corresponden sobre unas bienhechurías construidas en un terreno propiedad del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), según el decir del solicitante. En consecuencia, se ordena oficiar a la OFICINA REGIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS DEL ESTADO SUCRE, a objeto de que se sirva expedir la respectiva AUTORIZACION para otorgar título suficiente de propiedad de las referidas bienhechurías al ciudadano (a) antes mencionado (a). Líbrese oficio respectivo.
LA JUEZ TEMPORAL,
Dra. INÉS GÓMEZ GUZMÁN. LA SECRETARIA,
ADA GRICELDA SÁNCHEZ.
091-11