REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.

Cumaná, 24 de enero de 2012
201º y 152º


ASUNTO Nº: JMS1-S-2627-11
SOLICITANTE: ISABEL ANALIS HURTADO LACH
BENEFICIARIA:
MOTIVO: AUTORIZACIÓN DE VIAJE

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de documento (URDD) de este Circuito Judicial. Désele entrada y anótese en los libros correspondientes. Revisada la presente solicitud de Autorización de Viaje y los recaudos que la acompañan presentado por la ciudadana ISABEL ANALIS HURTADO LACH, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.544.159 domiciliada en la Avenida Principal de los Chaimas, Edificio 17-B, Piso 2, Apto Nº 5, Cumaná, estado Sucre, actúa en representación de su hija Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, venezolana, de diecisiete (17) años de edad, Adolescente del mismo domicilio, en el cual solicita Autorización para Viajar a Orlando Florida de los Estados Unidos de Norteamérica en compañía de su madre, con motivo de disfrutar unos días de esparcimiento y diversión junto a todo el grupo familiar en la ciudad de Orlando Florida de los Estados Unidos de Norteamérica, con salida por el Aeropuerto Internacional de Maiquetía en la ciudad de Caracas, el día 27-03-2012 con retorno el día cinco (05) de abril del mismo año hospedándose en Double Tree Hotel, 55 Major Boulevard Orlando Florida de los Estados Unidos de Norteamérica, considerando que de conformidad con el encabezamiento del artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes la solicitud no es contraria al orden publico, a la moral pública o a alguna disposición expresa de Ley, se Admite.

Este Tribunal con fundamento en los artículos 8, 39 y 63 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y teniendo por norte lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la citada Ley de Protección, analizada la finalidad de la solicitud presentada y el contenido de los recaudos anexos, en tal sentido a juicio de este Despacho, no surgen en modo alguno evidencias de perjuicios de la Adolescente, por lo que considerando que proveer favorablemente lo solicitado conviene más su interés superior y suficientemente llenos como están los extremos legales exigidos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, decide, AUTORIZAR, suficientemente a la ciudadana ISABEL ANALIS HURTADO LACH, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.544.159, domiciliada en la Avenida Principal de los Chaimas, Edificio 17-B, Piso 2, Apto Nº 5, Cumaná, estado Sucre, actúa en representación de su hija Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, venezolana, de diecisiete (17) años de edad, Adolescente del mismo domicilio, con salida por el Aeropuerto Internacional de Maiquetía en la ciudad de Caracas, el día 27-03-2012 con retorno el día cinco (05) de abril del mismo año hospedándose en Double Tree Hotel, 55 Major Boulevard Orlando Florida de los Estados Unidos de Norteamérica, con fundamento en los artículos 8, 39 y 63 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese Autorización.

La presente decisión es publicada dentro de su lapso de Ley.

Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión, así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná. CÚMPLASE. La Jueza (fdo) Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET. La Secretaria (fdo) HAYARIT RODRIGUEZ. Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año dos mil doce (2012). Años 201º de la Independencia y 152° de la Federación.


LA SECRETARIA


Abg. HAYARIT RODRIGUEZ


MEG/mjc.
SENTENCIA: INTERLOCUTRIA