REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 23 de Enero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-003479
ASUNTO : RP01-P-2010-003479

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al penado JOSÉ LUIS RONDÓN GUERRA, en las misma se aprecia que al penado de autos no se le ha realizado Redención de Pena por Trabajo o Estudio; razón ésta por lo que considera este Despacho, acordar oficiar a la JUNTA DE REHABILITACION LABORAL Y EDUCATIVA DE LA COMANDANCIA DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, para que proceda a realizar las evaluaciones del penado de autos, el cual con Redención de Pena, podría optar al Destacamento de Trabajo. Así se decide.-

DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas es por lo que Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda librar oficio a la JUNTA DE REHABILITACION LABORAL Y EDUCATIVA DE LA COMANDANCIA DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, a los fines de que se incluya en la próxima junta al penado JOSÉ LUIS RONDÓN GUERRA, venezolano, de 28 años de edad, nacido en fecha 15 de agosto de 1982, soltero, con cédula de identidad N° 23.923.241, residenciado San Juan, Sector Periquitos, casa sin número, zona montañosa, Municipio Sucre, del Estado Sucre; hallado CULPABLE de la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL CON CAUSAL con alevosía y por motivos fútiles e innobles, previsto y sancionado en el artículo 410 primer aparte en el caso del artículo 406 numeral 1° del Código penal, en perjuicio del ciudadano YADSON ERISON SEGURA, CONDENADO a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRISIÓN, quien podría optar en la actualidad al Destacamento de Trabajo. Notifíquese a las partes. Líbrese Boleta oficios al Comandante de la Policía del estado Sucre e Informativa al Penado. Cúmplase.-
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. DOUGLAS RUMBOS
LA SECRETARIA,
ABG. FRANCYS HURTADO