REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 23 de Enero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-001340
ASUNTO : RP01-P-2010-001340

AUTO QUE PROVEE ORDEN DE CAPTURA
IMPUTADO: JOSÉ LUIS RODRIGUEZ.
Revisadas las presentes actuaciones, se evidencia que en acta de diferimiento de audiencia preliminar que antecede, se dejo constancia de la NO comparecencia del imputado de autos, ciudadano JOSÉ LUIS RODRIGUEZ, venezolano, natural de Cumaná, nacido en fecha 19-08-1979, de 30 años, titular de la cédula de identidad N° 16.816.393, soltero, de oficio pescador, residenciado en Av. Carúpano, el chisper frente a la Creación, caiguire de esta ciudad Estado Sucre, quien se encuentra incurso en la comisión del delito de AMENAZAS previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Sobre los derechos de la mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de AMERICA COROMOTO DE LA ROSA; en tal sentido, se aprecia de las actuaciones constantes diferimientos de la celebración de la audiencia preliminar por la inasistencia del referido imputado, apreciándose del sistema computarizo JURIS 2000, que las boletas de notificación dirigidas al imputado fueron consignadas con resultado positivo, no compareciendo sin justificación alguna.
Ahora bien, conforme a la información aportada y en revisión de las presentes actuaciones, se evidencia que este Tribunal al ciudadano JOSÉ LUIS RODRIGUEZ, efectivamente según decisión de fecha 19 de Abril de 2010 en celebración de audiencia oral de presentación, se otorgo libertad al imputado de autos, ratificándole al efecto medidas consistentes en: La prohibición del presunto agresor de acercarse a la mujer agredida y en consecuencia la prohibición de acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la victima por sí o por terceras personas; contempladas en el artículo 87 específicamente en el numeral 5 y 6 de la ley especial..
Igualmente cursa a los folios treinta y seis (36) al cuarenta (40) escrito de acusación formal en contra del imputado de autos, recibido en este Juzgado en fecha 13-09-2010, por estar el mismo presuntamente incurso en la comisión del delito de AMENAZAS previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Sobre los derechos de la mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de AMERICA COROMOTO DE LA ROSA; fijando este Juzgado en diferentes oportunidades la respectiva audiencia preliminar, sobre la base de lo antes expuesto, aunado a que una vez revisada la presente causa se evidencia considera quien aquí decide que se trata de un caso de rebeldía o renuencia a someterse a las exigencias del Tribunal; es por todo lo antes expuesto que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda librar ORDEN DE CAPTURA en contra del imputado JOSÉ LUIS RODRIGUEZ, venezolano, natural de Cumaná, nacido en fecha 19-08-1979, de 30 años, titular de la cédula de identidad N° 16.816.393, soltero, de oficio pescador, residenciado en Av. Carúpano, el chisper frente a la Creación, caiguire de esta ciudad Estado Sucre, quien esta presuntamente incurso en la comisión del delito de AMENAZAS previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Sobre los derechos de la mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de AMERICA COROMOTO DE LA ROSA; debiendo ser recluido en el Internado Judicial de esta Ciudad una vez practicada su captura, debiendo informar a este Juzgado a los fines de proveer lo conducente, en consecuencia ofíciese lo conducente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre y Guardia Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, para que una vez practicada su aprehensión sea informado este Despacho e ingresado dicho penado al Internado Judicial del Estado Sucre. Notifíquese la presente decisión a las partes. Líbrese lo ordenado. Cúmplase.-
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
EL SECRETARIO,
ABG. GILBERTO FIGUERA.