REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 03 de Diciembre de 2012.
202º y 153º
ASUNTO: JMS1-S-3876-12
SOLICITANTES: ESTHER MARIA MARIN RONDON
MOTIVO: CARGA FAMILIAR
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales de los testigos ciudadanos: MARILEX JUDITH VERA CUELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.721.345, domiciliada en la Calle la Marina, Casa Nº 22, Sector Caiguire, a una cuadra de la circunscripción Militar, Cumana, estado Sucre y LUIS TEODORO GRATEROL GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.594.844, domiciliado en el Barrio San José, frente a la Clínica Oriente, Casa Nº 9, Calle Principal, Cumana, estado Sucre; respectivamente, promovidas en la presente solicitud interpuesta por la ciudadana ESTHER MARIA MARIN RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.741.919, domiciliada en la Urbanización, la Llanada, sector 2, Vereda Nº 29, Casa Nº 08, Cumaná, estado Sucre, actuando en representación de los niños: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de siete (07) y cuatro (04) años de edad, debidamente asistida de la Abg. MARISOL HERNÁNDEZ, en su carácter de Defensor Público con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ordena que sea incluido en la CARGA FAMILIAR de la ciudadana ESTHER MARIA MARIN RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.741.919, domiciliada en la Urbanización, la Llanada, sector 2, Vereda Nº 29, Casa Nº 08, Cumaná, estado Sucre, a los niños Se omite el nombre de conformidad con el artículo 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, hijos biológicos de su padre el ciudadano ANGEL GUILLERMO VALECILLOS MATA, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.284.850. Y así mismo se acuerdan un juego de copias certificadas del expediente integro y se me haga entrega de dos (02) juegos de copias certificadas de las sentencia. En cumaná, a los tres (03) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Doce (2012).
La Jueza
ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI
LA SECRETARIA,
La presente decisión fue publicada en su fecha, siendo las 9:00 a.m.
LA SECRETARIA,
MEG/yulimar
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