REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.


Vista el acta de fecha tres (03) de Diciembre de 2012, que riela al folio dieciocho (18) del presente asunto, levantada durante la realización de la audiencia preliminar en su fase de Mediación, en la cual los ciudadanos JOSE ANGEL CARDIET CARPIO, titular de la cedula de identidad N° 13.358.066 y JOSEFA ALEJANDRA PARRA, titular de la cédula de identidad N°. 14.620.268, en presencia de la Jueza Abogada Maria Eugenia Graziani, celebraron mediación por HOMOLOGACIÓN DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor de sus hijos, Se omite el nombre de conformidad con el artículo 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de cinco (05), tres (03) y dos (02) años de edad, llegando al siguiente acuerdo: En relación al Régimen de convivencia Familiar de la siguiente manera: Derecho a convivir con sus hijos fines de semana alternados, tiene derecho a la pernocta de manera progresiva, el dia del padre lo pasara con el padre, el dia de la madre lo pasara con la madre y el dia del niño y cumpleaños serán compartidos, semana santa y carnaval serán compartidos. Las vacaciones escolares son por mitad. Los dias decembrinos 24 y 31 con la madre y 25 y 01 con el padre posteriormente serán alternados.
Ante tales supuestos de hecho y de derecho, observando que las partes conociendo sus realidades familiares establecieron tal forma de dar cumplimiento a la HOMOLOGACION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR no siendo ello contrario al interés superior de los niños: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de cinco (05), tres (03) y dos (02) años de edad considerando que la presente conciliación cubre las exigencias del artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, a la mediación celebrada por los ciudadanos JOSE ANGEL CARDIET CARPIO, titular de la cedula de identidad N° 13.358.066 y JOSEFA ALEJANDRA PARRA, titular de la cédula de identidad N°. 14.620.268 respectivamente.
Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada. Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná a los tres (03) días del mes de diciembre del año Dos Mil doce (2012).- 202° Años de la Independencia y 153° de la Federación.

LA JUEZA

Abg. María Eugenia Graziani

La Secretaria
La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 10:00 a.m
La Secretaria


MEG/nai
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (HOMOLOGACION)
(AUTOCOMPOSICION PROCESAL)
ASUNTO: JMS1-5515-12
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
DEMANDANTE: CARDIET CARPIO JOSE ANGEL
DEMANDADO: PARRA JOSEFA ALEJANDRA