REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumana, Tres (03) de Diciembre de 2012
202º y 153º
N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2011-000415
PARTE ACTORA: SARA FIGUERA, CRUZ MARIA PINTO S, DAVID ORTEGA SEQUERA, YUDITH SANCHEZ y EDGAR RAFAEL SILVA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ROSALIA FERNANDEZ , PAULINA FERNANDEZ y ERNESTO GUZMAN
PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN COOPERATIVA AGUSTIN ARMARIO 070 R.L., CARPI TECH, C.A y ERNESTO JOSE VELASQUEZ CARDOZO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANGEL HERNANDEZ, ALBERTO TERIUS FIGUERA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
SENTENCIA
Dado a que en el día de hoy, Tres (03) de Diciembre de 2012, en la oportunidad fijada para que tuviere lugar la Audiencia Preliminar, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se sigue en el presente asunto se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, haciéndose presente por la parte actora sus apoderados ciudadanos ROSALIA FERNANDEZ , profesional en ejercicio de este domicilio inscrito en el i.p.s.a. bajo el Nros. 9452 y por la parte demandada ASOCIACIÓN COOPERATIVA AGUSTIN ARMARIO 070 R.L., CARPI TECH, C.A y ERNESTO JOSE VELASQUEZ CARDOZO hizo acto de presencia su apoderado ANGEL HERNANDEZ, abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el No. 63.829 . En este acto el Tribunal verificada la comparecencia de las partes antes mencionadas da inicio a la Audiencia Preliminar y el juez luego de haber escuchado a cada una de las partes haciendo sus respectivas exposiciones, insto a la mediación del conflicto, ofreciendo en ese acto la parte demandada a los fines de dar por terminado el presente proceso cancelar la suma de VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 29.536,80) de los cuales los actores ya recibieron la cantidad de bs. 7.125,00 quedando un saldo deudor de Bs. 22.411,80 los cuales serán cancelados el día de hoy y distribuidos de la siguiente manera:
03/12/2012
RECIBIDO PARA RECIBIR
JUDITH SANCHEZ 1.950,00 3.253,00
SARA FIGUERA 975,00 3.619,02
CRUZ MARIA PINTO 975,00 3.186,23
DAVID ORTEGA 1.275,00 5.514,00
EDGAR SILVA 1.950,00 3.277,05
TOTALES 7.125,00 18.849,30
HONORARIOS 3.562,50
TOTAL A CANCELAR 22.411,80
En ese estado la parte actora aceptó y convino la oferta realizada por lo que declaró estar de acuerdo con todo lo ante expuesto y manifestó que no tenia nada que reclamar a la demandada, por ningún otro concepto derivado de la relación laboral que le unió a la misma, ambas partes solicitaron la entrega de las pruebas consignadas, así como la homologación de la presente transacción. En consecuencia por cuanto los acuerdos expresados son productos de la voluntad libre, consciente y espontánea manifestada por las partes y dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de la controversia a que se refieren los procesos y a reestablecer el equilibrio jurídico entre las partes y por cuanto no es contrario a derecho, y se adaptan a los criterios jurisprudenciales, sostenidos por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, y no contienen renuncia a ningún derecho derivado de la relación de trabajo; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 261 y 262, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo diecinueve de la Ley Orgánica del Trabajo, trabajadores y trabajadoras. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la presente TRANSACCION y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las Partes, así mismo una vez que conste el cumplimiento de la misma se ordenará el archivo del presente expediente, PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y DEJESE COPIAS CERTIFICADA
La Juez
Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL la secretaria,
Abg. ORFELINA REYES
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