REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, MARITIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO
JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANÁ, 05 DE DICIEMBRE DE 2012
202º y 153º
Vista la diligencia anterior, suscrita por el Abogado LORENZO LANZA, suficientemente identificado en autos y con el carácter acreditado en los mismos, mediante la cual solicita la ejecución de la sentencia emitida por este Tribunal en fecha 11/07/2012 y se oficie a la Oficina de Registro Inmobiliario de los Municipios Bolívar y Mejías del Estado Sucre, sobre la mencionada sentencia; se le dio cuenta a la Jueza Provisorio de la misma. En consecuencia, este Tribunal en acatamiento a lo dispuesto en la sentencia definitiva proferida por este Despacho Judicial en fecha 11 de Julio de 2012; ordena se libre oficio a la Oficina de Registro Inmobiliario de los Municipios Bolívar y Mejías del Estado Sucre, a fin de que estampe la nota marginal en el libro respectivo, donde conste que el único propietario del inmueble autenticado por ante esa oficina en fecha 14 de Mayo de 2007, el cual quedó inserto bajo el Nº 43, folio 164 al 165, del protocolo primero, segundo trimestre del referido año, es el ciudadano (Fallecido) FRANCISCO VILLAFAÑE FUENTES, quien fuera titular de la cédula de identidad Nº V-505.552; ya que así ha sido declarado por este Juzgado. Líbrese oficio respectivo.
LA JUEZA PROVISORIO,
Abg. MARÍA DE LOS ANGELES ANDARCIA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
Abg. BOMNY MUÑOZ DE ACUÑA
Exp. Nº 7141-11
MDLAA/cml