LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
RIO CARIBE, 14 DE DICIEMBRE DEL 2012.-
202° Y 153°
Exp. Nº143-2012.-
SOLICITANTE: ARMANDO MARVAL MORILLO………………………….
…………………………………… Titular de la Cédula de Identidad N°V- …………………… …………… Nº.V-3.420.005
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO.
APODERADO: NO CONSTITUYO
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
En fecha 13 de Noviembre del año 2.012, compareció por ante este Juzgado el ciudadano: ARMANDO MARVAL MORILLO, venezolano, mayor de edad, soltero, Domiciliado en la calle Juncal N° 16 de la Parroquia Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y titular de la Cédula de Identidad N°.V-3.420.005, asistido por el Dr. JESUS CAGUAMO, Abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el IPSA bajo el N°.51.120, quien solicito la declaración de un Titulo Supletorio, a su Favor sobre un Inmueble de Dos Niveles construido y fomentado a sus solas y únicas expensas sobre un Inmueble y Terreno de su propiedad según consta de documentos protocolizados por ante el registro publico del Municipio Arismendi del Estado Sucre, anotado bajo el N° 04 de la serie a los folios 07 al 08 y su vuelto, protocolo primero Cuarto Trimestre de fecha 01 de Noviembre del año 1989, y el terreno
anotado bajo el N° 06 de la serie a los folios vuelto del 42 al 45, protocolo primero Cuarto Trimestre del año 1989 ubicado en la calle Juncal N° 16 de Río caribe Parroquia Río caribe Municipio Arismendi del Estado Sucre, y que tiene un área de Once Metros (11,oo Mts.) de frente por Diecinueve con Cincuenta Metros (19,50 Mts.) de largo signado con el numero catastral 17-03-03-01-18 y cuyos linderos son los siguientes:
NORTE: Que es su frente, con la referida Calle Juncal en 11,oo mts.; SUR: Que es su fondo con Bienhechurías que son o
fueron de los hermanos Rojas, en 11,oo mts. ESTE: Con casa que es o fue de Emiliano Fuentes, en 19,50mts. OESTE: Con casa que es o fue de los herederos de Domingo Gordillo en 19,50mts.- La segunda planta presenta las siguientes características: Pisos de concreto liso o pulido, paredes de bloques frisados, techo de platabanda, ambientada así: Seis (06 habitaciones, una (01) cocina, un (01) lavandero, Tres (03) baños, ubicado uno en cada cuarto, un (01) comedor, Un (01) balcón, enrejado de hierro tipo pacho de paloma, una (01) escalera en Hierro que conduce de la primera planta a la segunda planta.- La tercera planta presenta las siguientes características: Pisos de cerámica, paredes de bloques frisados, techo de acerolít, con estructura de vigas de hierro con compariciones para Dos (02) habitaciones, una (01) cocina, un (01) baño, una (01) sala, un (01) comedor, un (01) salón amplio, fachada con ventanas en el centro dos (02) puertas de hierro, un 8019 tanque elevado de agua, una (01) escalera en Hierro que conduce de la segunda planta a la tercera planta.- Se da admisión a la presente solicitud y se fija para la presentación de los testigos el segundo día de despacho siguiente al de ese día 20 de Noviembre de 2012, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), los cuales dan fe de sus dichos.
Ahora bien llenos como se encuentran, los extremos de ley, para que prospere la solicitud de titulo supletorio, a favor del solicitante, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide. Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor del ciudadano ARMANDO MARVAL MORILLO, venezolano, mayor de edad, soltero, Domiciliado en la calle Juncal N° 16 de la Parroquia Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y titular de la Cédula de Identidad N°.V-3.420.005, sobre un Inmueble de Dos Niveles construido y fomentado a sus solas y únicas expensas sobre un inmueble y terreno de su propiedad según consta de documentos protocolizados por ante
el registro publico del Municipio Arismendi del Estado Sucre, anotado bajo el N° 04 de la serie a los folios 07 al 08 y su
vuelto, protocolo primero Cuarto Trimestre de fecha 01 de Noviembre del año 1989, y el terreno anotado bajo el N° 06 de la serie a los folios vuelto del 42 al 45, protocolo primero Cuarto Trimestre del año 1989 ubicado en la calle Juncal N° 16 de Río caribe Parroquia Río caribe Municipio Arismendi del Estado Sucre, y que tiene un área de Once Metros (11,oo Mts.) de frente por Diecinueve con Cincuenta Metros (19,50 Mts.) de largo signado con el numero catastral 17-03-03-01-18 y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Que es su frente, con la referida Calle Juncal en 11,oo mts.; SUR: Que es su fondo con Bienhechurías que son o fueron de los hermanos Rojas, en 11,oo mts. ESTE: Con casa que es o fue de Emiliano Fuentes, en 19,50mts. OESTE: Con casa que es o fue de los herederos de Domingo Gordillo en 19,50mts.- La segunda planta presenta las siguientes características: Pisos de concreto liso o pulido, paredes de bloques frisados, techo de platabanda, ambientada así: Seis (06 habitaciones, una (01) cocina, un (01) lavandero, Tres (03) baños, ubicado uno en cada cuarto, un (01) comedor, Un (01) balcón, enrejado de hierro tipo pacho de paloma, una (01) escalera en Hierro que conduce de la primera planta a la segunda planta.- La tercera planta presenta las siguientes características: Pisos de cerámica, paredes de bloques frisados, techo de acerolít, con estructura de vigas de hierro con compariciones para Dos (02) habitaciones, una (01) cocina, un (01) baño, una (01) sala, un (01) comedor, un (01) salón amplio, fachada con ventanas en el centro dos (02) puertas de hierro, un 8019 tanque elevado de agua, una (01) escalera en Hierro que conduce de la segunda planta a la tercera planta. DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Publíquese, Regístrese y Expídase por secretaria, las copias certificadas correspondientes y entréguesele a su solicitante. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Río Caribe, a los catorce (14) días del mes de Diciembre del dos mil doce (2.012).- Años 202° de la Independencia y 153º de la Federación.-
El Juez Provisorio,
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Abg. LUICE ALVAREZ HURTADO
EL…………….
Secretario,
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ
Nota: En esta misma fecha (14-12-2012), se publicó la anterior Sentencia, siendo las 11:00 de la Mañana.-
El Secretario,
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ
Exp. Nº.143-2012.-
LAH/gm.-
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