JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
San José de Areocuar, 18 de diciembre de 2.012
202º y 153º
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: AISKELL ENRIQUETA RONDON AGUILERA, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N°5.860.152 y domiciliada en la población de San Roque , Parroquia San José del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, asistida por el ciudadano Alfredo Fermín, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 66.143 y con domicilio procesal en Carúpano, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo: MARCA: CHEVROLET, MODELO: MALIBU, AÑO: 1982, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, COLOR: AZUL, SERIAL DEL MOTOR: AEV305838, SERIAL DE LA CARROCERÍA: 1W69ACV31500, USO DEL VEHÍCULO: POR PUESTO y PLACA ACTUAL: 308-629. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: RAINY MIGUEL ROJAS MOYA y JOHAN ALBERTO HERNANDEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.14.290.518 y 24.840.130, respectivamente, domiciliados ambos en esta jurisdicción del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de la ciudadana AISKELL ENRIQUETA RONDON AGUILERA, sobre el vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil doce. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,
Abg. Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas.
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas.
Sol.Nº. 098-2012
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