REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL PRIMERO DE EJECUCIÓN - CUMANÁ
CUMANÁ, 17 DE DICIEMBRE DE 2012
202º Y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-002333
ASUNTO : RP01-P-2010-002333

AUTO DE EXTINCIÓN DE PENA.
PENADO: -.

Una vez revisadas las actuaciones que conforman la presente causa, se evidencia al folio Ciento Cincuenta y Cinco (155) del expediente (Pieza III), Informe Final (U.T.S.O.03-Cná.2012-1947) emanado de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Cumaná N° 03, Región Oriental, en donde informa a este Tribunal que el penado TRANSITO JOSÉ SÁNCHEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.294.980, de 61 años de edad, nacido en fecha 03-09-51, obrero, quien reside en Santa Teresa de Guarapiche, calle principal, casa S/N, cerca de la Alfarería, Municipio Andrés Eloy Blanco Estado Sucre, grado de instrucción tercer grado, a quien este Tribunal le otorgó el Beneficio de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, en fecha 21 de Diciembre del año 2011, ha culminado su régimen de prueba en esa unidad técnica, por un lapso de Diez (10) Meses y Veinticuatro (24) Días, señalando asimismo que durante el proceso de supervisión se observaron entre otros los siguientes aspectos: …Cumplió con sus presentaciones desde el día 24-1-2012 hasta el 15-11-2012 asistiendo a diez (10) entrevistas programadas por la delegada de prueba, manteniendo un comportamiento acorde y respetuoso a la figura de autoridad. Previa revisión del expediente interno de probación, no se evidencia reporte alguno que guarde relación con un hecho similar…”.

Ahora bien, en atención a los informes finales recibidos en este despacho por la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación, este tribunal, una vez analizada la presente causa, puede observar que efectivamente el ciudadano TRANSITO JOSÉ SÁNCHEZ, fue condenada en Juicio Oral y Público, en fecha 15 de Diciembre del año 2011, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL SIMPLE A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260, en relación con el artículo 259 en su encabezamiento de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-

En fecha 21 de Diciembre del año 2011, este Juzgado le concede la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por el resto de la pena por cumplir que sería DIEZ (10) MESES Y VEINTICUATRO (24) DÍAS; A tenor de lo contenido en el informe final presentado por la Unidad Técnica, resulta evidente que corroborada como ha sido el cumplimiento positivo del referido penado al régimen de prueba impuesta, por el resto de la pena por cumplir, lo que genera por lógica y legal consecuencia la declaratoria de extinción de la pena que le fuera impuesta en la presente causa. Y así ha de declararse.-

DISPOSITIVA.

Este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° y 498 del Código Orgánico Procesal Penal, declara extinta la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, impuesta al ciudadano TRANSITO JOSÉ SÁNCHEZ,, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.294.980, de 61 años de edad, nacido en fecha 03-09-51, obrero, quien reside en Santa Teresa de Guarapiche, calle principal, casa S/N, cerca de la Alfarería, Municipio Andrés Eloy Blanco Estado Sucre, grado de instrucción tercer grado, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL SIMPLE A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260, en relación con el artículo 259 en su encabezamiento de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda notificar a las partes (Fiscal del Ministerio Público, Defensa y Penado) y Ofíciese a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Cumaná N° 03, Región Oriental. Líbrese Oficio a la Dirección del CNE informándole de lo aquí decidió. De igual manera se ordena librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de esta ciudad, a los fines de que se sirva desincorporar por esta causa del sistema SIPOL al ciudadano TRANSITO JOSÉ SÁNCHEZ,, en virtud de haberse decretado la extinción de la pena en esta causa. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABG. JESÚS S. MILANO SAVOCA.-.
EL SECRETARIO,
ABG. BELTRAN ROMERO MARCANO.-.