REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 12 de diciembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2012-009147
ASUNTO : RP01-P-2012-009147

Vista la solicitud de DESESTIMACION de la denuncia, presentado por la abogada, en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público, en la que señala que el hecho de que la ciudadana MALGORY PLACERES venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.06.378780, domiciliada en Los Roques torre 01, piso 03, Apart. 03-C, Cumaná - Estado Sucre; formulo denuncia en contra de EDGAR JOSE MORENO.
Este Tribunal para decidir observa lo siguiente:
1º) Cursa al folio 01, denuncia interpuesta por MALGORY PLACERES formulo denuncia en contra de ciudadano RUBEN DARIO VELASQUE SALAZAR manifestando: “soy secretaria de finanzas del sindicato SINAFUM, y el miércoles el profesor Leonor Ruiz, quien es la Presidenta del sindicato la atracaron y le quitaron dinero en efectivo y las chequeras del sindicato, posteriormente al ser notificada por la señora Leonor Ruiz, de lo que había acontecido yo me dirigí con ella hasta el banco para congelar las cuentas del sindicato, estando en el banco, se presentó el señor Rubén Velásquez , quien es secretario general del sindicato y me arremete verbalmente diciéndome ladrona ….. .”
Una vez analizadas las Actas que conforman la presente causa quedó demostrado que la misma no constituye delito que se pueda encuadrar en la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, ya que de la narración de los hechos, la ciudadana MALGORY PLACERES , manifiesta que el ciudadano le dijo ladrona, nos encontramos que los hechos encuadra en el delito de Difamación previsto y sancionado en el articulo 442 del Código Penal el cual es enjuiciable a través de la parte agraviada y no de oficio, se debe desestimar.
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decreta con lugar la solicitud de DESESTIMACIÓN, realizada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, que MALGORY PLACERES venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.06.378780, domiciliada en Los Roques torre 01, piso 03, Apart. 03-C, Cumaná - Estado Sucre; en contra de RUBEN DARIO VELASQUEZ SALAZAR, por cuanto los hechos corresponde a la instancia de menores y el de amenaza a instancia privada. Notifíquese a las partes. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima del Ministerio Público en su lapso legal.
La Jueza segundo de Control
Abog. ANADELI LEON DE ESPARRAGOZA
Secretaria
ABOG . CARMEN JOSEFINA ROMANELLI