REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO Y REGIMEN DE TRANSICION CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. SEDE CUMANA.
201º Y 152
Cumana, nueve (09) de Agosto de dos mil doce (2012)
ASUNTO: N° JJ1-0249-(TP2-5710-09)-12
PARTE SOLICITANTE: Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Sucre del Estado Sucre a requerimiento del ciudadano MAURICIO JOSE JIMENEZ, titular de la cedula de identidad n°: 13.057.725 con domicilio en Caiguire, sector La Esperanza, cerca de la Iglesia Luz de Mundo, Cumana, Estado Sucre.-
ADOLESCENTES: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR EN ENTIDAD DE ATENCION.
Examinadas las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la Medida de Protección de Colocación en entidad de atención de los adolescentes Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y vista la solicitud realizada por el ciudadano MAURICIO JOSE JIMENEZ, titular de la cedula de identidad n°: 13.057.72 con domicilio en Caiguire, sector La Esperanza, cerca de la Iglesia Luz de Mundo, Cumana, Estado Sucre, para que sea ejercida por el mismo ya que es el padre de los adolescentes.-
Este Juzgador debe velar por los derechos y garantías de los adolescentes, teniendo como norte el Interés Superior del Niño, establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes e igualmente en razón de la facultad que tiene de modificar la medida dictada, cuando varíen las circunstancias que causaron dicha medida y a los fines de asegurar el desarrollo integral de los adolescentes, de conformidad con lo previsto en el artículo 131 ejusdem. Se desprende de los autos que consta el informe del equipo multidisciplinario del centro de atención SAPINAES, el cual es favorable al solicitante y al ámbito que los rodea, estos estudios realizados por estos profesionales son valorados por el Tribunal de Juicio.- En consecuencia, este Despacho Judicial a cargo del Juez de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN DE COLOCACIÓN EN FAMILIA de los adolescentes Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la custodia legal la seguirá ejerciendo el padre ciudadano MAURICIO JOSE JIMENEZ, titular de la cedula de identidad n°: 13.057.725 con domicilio en Caiguire, sector La Esperanza, cerca de la Iglesia Luz de Mundo, Cumana, Estado Sucre.- Por tal motivo se REVOCA la medida dictada a favor de los adolescentes antes mencionado de que se siga ejerciendo en el centro de atención SAPINAES.- Cúmplase.
La presente sentencia ha sido dictada dentro del lapso legal.-.
Publíquese de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento al mandato del artículo 248 eiusdem, déjese copia certificada.- Así mismo se ordena su publicación en la página Web del Tribunal
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná a los nueve (09) días del Mes de Agosto de dos mil doce (2012).- Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El JUEZ
ABG. JESUS SALVADOR SUCRE RODRIGUEZ
SECRETARIA
ASUNTO: Nº JJ1-0249-(TP2-5710-09)-12
COLOCACION FAMILIAR.-
SOLICITANTE: MAURICIO JIMENEZ.-
BENEFICIARIO:-
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