REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO
DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 13 de agosto 2012.
202º y 153º

ASUNTO: JMS1-S- 3457-12
SOLICITANTES: BELKYS JOSEFINA PEREZ
MOTIVO: UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS



Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales promovidas en la presente solicitud de los ciudadanos MAYOSKY YSABEL BARRERA BARRERA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.817.325, domiciliada en la Vía Cancamure La Gran Sabana, cerca del Bodegón, Cumaná, Estado Sucre y EDUAR JOSÉ CASTAÑEDA JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 19.893.781, domiciliado en Tres Picos, Calle Sabilar, Sector la Juventud, Casa s/n, Cumaná, Estado Sucre; respectivamente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus FELIX JOSÉ RIVERO ROMAN (d), quien era titular de la cedula de identidad Nº V- 9.273.548, a favor de cónyuge ciudadana BELKYS JOSEFINA PEREZ, y de sus hijos ciudadanos: EUDIBETH DEL VALLE RIVERO PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 18.210.554 DE VEINTISEIS AÑOS DE EDAD (26) AÑOS, EUCLIDES JOSÉ RIVERO PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 21.094.505 de veinte (20) años, LEUDIBETH DEL CARMEN RIVERO PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 21.094.506, de veintitrés (23) años, BEISYS MARIA RIVERO PEREZ, de diecinueve (19) años, titular de la cedula de identidad Nº 23.581.348, FELIX DANIEL RIVERO PEREZ, de dieciocho (18) años, titular de la cedula de identidad Nº 25.621.239 y Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de dieciséis (16) años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 25.621.240; respectivamente.-Por lo que se acuerda devolver estas actuaciones con sus resultas constante de de veintidós (22) folios útiles a la parte interesada.- En Cumaná, a los trece días del mes de agosto del año Dos Mil Doce (2012).).202º Años de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza

ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI


LA SECRETARIA,


La presente decisión fue publicada en su fecha, siendo las 10:00 a.m.


LA SECRETARIA,

MEG/yulimar