JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE – CUMANA.


En horas de despacho del día de hoy lunes seis (06) de agosto de dos mil doce (2012), siendo las 10:00 a.m., encontrándonos en la sede del Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, la juez provisorio abogada MIRTHA ELENA PALOMO, la secretaria del mismo, abogada MAURYS YELITZA ALCANTARA RAMIREZ, su alguacil, ciudadano MANUEL JOSE MALAVE FLORES y la abogada MONICA BALZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.609, actuando en este acto en su condición de apoderada judicial de la ciudadana LUZ MARY PARRA CORTEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.008.672, parte actora en el juicio Nº 7174-12 que por causa de DIVORCIO se sustanció ante el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, MARITIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en contra del ciudadano CARLOS ALBERTO MACHADO GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° V-12.665.370, el cual decretó medida de Inventario de Bienes de la Comunidad Conyugal, que se encuentra en la Carnicería Charcutería “EL ELEVADO C.A.”, ubicada en la Av. Monseñor Alfredo Rodríguez Figueroa, sector El Elevado de el Peñón, Cumaná Estado Sucre, presentada por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial de Cumaná, en fecha dieciocho (18) de abril del año 2008, quedando inserta bajo el Expediente Nº 22171, Nº 10, Tomo 5-A-2008 RM424, de fecha 18 de abril de 2008. Se anunció a las puertas del despacho el acto de Traslado y constitución del Tribunal en el lugar donde se ha de practicar la medida decretada por el Juzgado comitente.
LA JUEZA PROVISORIA,
Abga. MIRTHA ELENA PALOMO (FDO)
JUEZA EJECUTORA DE MEDIDAS

EL ALGUACIL,
MANUEL JOSE MALAVE FLORES (FDO)

REPRESENTANTE JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,
Abga. MONICA BALZA (FDO)

LA SECRETARIA,
Abga. MAURYS YELITZA ALCANTARA RAMIREZ (FDO)

En el día de hoy lunes seis (06) de agosto de dos mil doce (2012), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para la práctica de la medida de Inventario de Bienes de la Comunidad Conyugal, que se encuentran en la Carnicería Charcutería “EL ELEVADO C.A.”, ubicada en la Av. Monseñor Alfredo Rodríguez Figueroa, sector El Elevado del Peñón, Cumaná Estado Sucre, presentada por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial de Cumaná, en fecha dieciocho (18) de abril del año 2008, quedando inserta bajo el Expediente Nº 22171, Nº 10, Tomo 5-A-2008 RM424, de fecha 18 de abril de 2008, según lo señalado en el decreto de comisión; se trasladó y constituyó este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, conformado por la Jueza Provisoria abogada MIRTHA ELENA PALOMO, y la Secretaria Titular del Juzgado abogada MAURYS YELITZA ALCANTARA RAMIREZ; en el Centro Comercial San Pedro, Av. Monseñor Alfredo Rodríguez Figueroa, sector El Elevado del Peñón, Cumaná Estado Sucre, a solicitud y en compañía de la abogada MONICA BALZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.609, actuando en este acto en su condición de apoderada judicial de la ciudadana LUZ MARY PARRA CORTEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.008.672, parte actora, y del auxiliar de justicia designado por este Tribunal, el ciudadano RICARDO GUIÑAN, titular de la cédula de identidad N° V- 4.186.134, en su carácter de perito avaluador, previamente juramentados tal como consta en las actas levantadas a tal efecto en el Libro de Juramento de Auxiliares llevado por este Juzgado; a objeto de practicar la medida antes mencionada, decretada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, MARITIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, con motivo del juicio que por DIVORCIO sigue la ciudadana LUZ MARY PARRA CORTEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.008.672,en contra del ciudadano CARLOS ALBERTO MACHADO GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° V-12.665.370; sustanciado en el expediente N° 7174-12, nomenclatura interna correspondiente a dicho tribunal. Una vez constituidos en la dirección antes señalada, interviene la abogada MONICA BALZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.609, en su carácter establecido en autos expone:” Visto que en el decreto de comisión no se señala el número del local comercial donde funciona la Carnicería, informo al Tribunal que se trata del local Nº 04, y procedo a señalarlo, a fin de que se proceda a ejecutar la medida decretada por el Tribunal competente con ayuda del perito que se encuentra presente. Es todo”. El Tribunal vista la exposición de la parte ejecutante en primer lugar ordena al perito designado y juramentado que se encuentra presente, proceda a identificar el inmueble señalado por la apoderada judicial de la parte actora, a los fines de verificar que en el mismo funciona una Carnicería Charcutería denominada “EL ELEVADO C.A.”. En segundo lugar, proceder a realizar el inventario correspondiente de los bienes indicados en el decreto de comisión en cumplimiento de lo encomendado por el juzgado comitente que deben encontrarse en la mencionada Carnicería y presente el informe correspondiente. En este estado, interviene el ciudadano RICARDO GUIÑAN, titular de la cédula de identidad N° V- 4.186.134, en su carácter de perito avaluador, previamente designado y juramentado y pasa a dar en forma verbal el informe correspondiente: ¨El inmueble señalado por la apoderada judicial de la parte actora y al cual debo identificar según lo ordenado por este Tribunal a los fines de proceder el inventario de bienes indicado en el decreto de comisión es el siguiente: local comercial Nº 04, ubicado en la planta baja del Centro Comercial San Pedro, Av. Monseñor Alfredo Rodríguez Figueroa, sector El Elevado del Peñón, Cumaná Estado Sucre, cuya publicidad refleja que funciona AGROPECUARIA BRUZUAL GOMEZ, C.A. En tal sentido, en este inmueble no funciona la Carnicería Charcutería “EL ELEVADO C.A.”, por lo tanto, es imposible materializar la práctica de inventario de los bienes solicitados. Asimismo, suministro al Tribunal reporte fotográfico de la identificación del local. Es todo”. El Tribunal visto la exposición del perito procede a ingresar al inmueble identificado, donde funciona un local comercial denominado AGROPECUARIA BRUZUAL GOMEZ, C.A., por ser de libre acceso al público y en primer lugar se identifica y solicita información de las personas que se encuentran presentes, preguntando que funcionaba antes en este local y si se encuentra el ciudadano CARLOS ALBERTO MACHADO GOMEZ, a lo cual respondieron que anteriormente funcionaba una Carnicería denominada “EL ELEVADO”, y que el referido ciudadano no se encuentra ya que no trabaja allí. Asimismo, señalaron que llevan tiempo arrendados en ese local, y que cualquier otra información le pregunte a la administración del Centro Comercial que se encuentra en la Chivera. En tal sentido, este Tribunal procedió a hacer la ubicación del demandado CARLOS ALBERTO MACHADO GOMEZ, por vía telefónica, a través del Nº (0416) 4964496, ello dentro del marco del derecho y garantías constitucionales que le asisten al mismo, sin poder comunicarse con el. En consecuencia, el Tribunal procedió a hacer un recorrido por el Centro Comercial, solicitando información si en algún otro local funciona la Carnicería Charcutería “EL ELEVADO C.A.”, sin tener resultado positivo al respecto, ya que no se visualizo ningún local con esa denominación comercial. En este estado interviene la abogada MONICA BALZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.609, en su carácter establecido en autos expone:” Evidenciado como ha quedado por el Tribunal y lo manifestado por el perito avaluador en su intervención donde se constata que el local comercial denominado Carnicería Charcutería “EL ELEVADO C.A.”, no funciona en la dirección indicada en el Acta de Estatutos Sociales de dicha empresa, y visto la gravedad del hecho solicito del tribunal suspenda la practica de la presente medida de inventario y en tal sentido remita las presentes actuaciones al tribunal de la causa con la urgencia que el caso amerita, con el fin de tomar las acciones pertinentes. De igual manera, solicito copia certificada de la presente acta. Es todo”. En este sentido, éste órgano jurisdiccional vista la solicitud de la apoderada judicial de la parte actora acuerda lo requerido y ordena la expedición de las copias solicitadas y la suspensión de la practica de la presente medida. De igual manera, ordena remitir la presente comisión en el estado que se encuentra al Tribunal comitente, mediante el oficio correspondiente. Asimismo, ordena su publicación en la pagina web del Tribunal Supremo de Justicia y se deje copia certificada de dicha acta en el archivo de éste Tribunal, de conformidad con la interpretación analógica del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. La presente acta sólo contiene las menciones que por obligación legal le son permitidas, en aplicación de los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente.-Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República. Seguidamente el tribunal da por terminado el acto, ordena el cierre del acta, siendo las 4:35 p.m. Finalmente la secretaria da lectura al acta dejando constancia que no hay tachaduras ni enmiendas. Es todo.-
LA JUEZA PROVISORIA,
Abga. MIRTHA ELENA PALOMO (FDO)
JUEZA EJECUTORA DE MEDIDAS

REPRESENTANTE JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,
Abga. MONICA BALZA (FDO)

EL PERITO,
RICARDO GUIÑAN (FDO)

LA SECRETARIA,
Abga. MAURYS YELITZA ALCANTARA RAMIREZ (FDO)