LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
RIO CARIBE, 14 DE AGOSTO DEL 2012.-
202° Y 153°
Exp. Nº.113-2012.-
SOLICITANTE: EVELIN MARIA RODRIGUEZ Y OTROS………………………….
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DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO.
APODERADO: NO CONSTITUYO
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA DEFINITIVA.
En fecha 01 de Agosto del año 2.012, comparecieron por ante este Juzgado los ciudadanos EVELIN MARIA, RAUL ANTONIO Y NALLELYS MARIA RODRIGUEZ DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, domiciliados en Puerto Santo, calle principal, sector la cancha, casa s/n, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y titulares de las Cédulas de Identidad Nos.V-5.884.153, V-10.216.605 y V-13.293.216, asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio FLORANGEL SALINAS DE MARCANO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N°.114.241, quien solicito la declaración de un Titulo Supletorio, a su Favor sobre una Casa construida y fomentada a sus solas y únicas expensas sobre una porción de Terrenos Municipales, Parroquia Puerto Santo, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Su frente, con calle El Zinder de Puerto Santo en 7,60 Mts; SUR: Su fondo, con serranías en 7,50 Mts; ESTE: Con Terrenos del INTI en posesión de Ederwi Domínguez R. en 22,62 Mts; y OESTE: Con casa que es o fue de Ambrosio Rafael Domínguez en 22,34 Mts. El Área de terreno es de una superficie general de (169,72) metros cuadrados. Se da admisión a la presente solicitud y se fija para la presentación de los testigos el segundo día de despacho siguiente al de ese día 01 de Agosto de 2012, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.), los cuales dan fe de sus dichos.
Ahora bien llenos como se encuentran, los extremos de ley, para que prospere la solicitud de titulo supletorio, a favor de los solicitantes, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide. Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor de los ciudadanos EVELIN MARIA, RAUL ANTONIO Y NALLELYS MARIA RODRIGUEZ DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, domiciliados en Puerto Santo, calle principal, sector la cancha, casa s/n, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y titulares de las Cédulas de Identidad Nos.V-5.884.153, V-10.216.605 y V-13.293.216, sobre una Casa construida y fomentada a sus solas y únicas expensas sobre una porción de Terrenos Municipales, Parroquia Puerto Santo, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Su frente, con calle El Zinder de Puerto Santo en 7,60 Mts; SUR: Su fondo, con serranías en 7,50 Mts; ESTE: Con Terrenos del INTI en posesión de Ederwi Domínguez R. en 22,62 Mts; y OESTE: Con casa que es o fue de Ambrosio Rafael Domínguez en 22,34 Mts. El Área de terreno es de una superficie general de (169,72) metros cuadrados. DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Publíquese, Regístrese y Expídase por secretaria, las copias certificadas correspondientes y entréguesele a su solicitante.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Río Caribe, a los Catorce (14) días del mes de Agosto del dos mil doce (2.012).- Años 202° de la Independencia y 153º de la Federación.-
El Juez Provisorio,
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Abg. LUICE ALVAREZ HURTADO
El Secretario,
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ
Nota: En esta misma fecha 14-08-2012, se publicó la anterior Sentencia, siendo las 11:00 de la Mañana.-
El Secretario,
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ
Exp. Nº.113-2012.-
LAH/g.g.
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