LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
RIO CARIBE, 14 DE AGOSTO DEL 2012.-
202° Y 153°
Exp. Nº.107-2012.-

SOLICITANTE: LUIS RAMON FERNANDEZ ALFONZO………………………….
…………………………………… Titular de la Cédula de Identidad N°V- …………………… …………… Nº.V-4.952.713
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO.

APODERADO: NO CONSTITUYO

MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO.

SENTENCIA DEFINITIVA.

En fecha 27 de Julio del año 2.012, compareció por ante este Juzgado el ciudadano LUIS RAMON FERNANDEZ ALFONZO, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad N°.V-4.952.713, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio GLORIA INES RAMIREZ DIAZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N°.62.684, funcionaria adscrita al Programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura, quien solicito la declaración de un Titulo Supletorio, a su Favor sobre una Casa construida y fomentada a sus solas y únicas expensas sobre un Terreno Municipal, ubicada en la Carretera Nacional, Vía Carúpano, sector Las Guerrillas, casa s/n , inmueble número Catastral 19-03-01-03-45-19, Jurisdicción del Municipio Arismendi del Estado Sucre, y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Su frente, con Carretera Nacional Vía Carúpano, en la suma de los segmentos, en dieciséis metros con dieciocho centímetros (16,18 mts); SUR: Su fondo, con fondo de casa que es o fue de Wilma Gutiérrez de Hidalgo (Lote Nro.06) y fondo de casa que es o fue de Nérida del Valle Hernández (Lote Nro.07), en siete metros con sesenta y seis centímetros (7,66 mts); ESTE: Con casa que es o fue de Ezequiel Antonio Gómez Morillo (Lote Nro.25), en veintiún metros con cuarenta y siete centímetros (21,47 mts) y OESTE: Con casa que es o fue de Luisa Francelina Rosillo (Lote Nro.18), en veintidós metros


Con veintiún centímetros (22,21 mts), con un área de Terreno aproximadamente de ciento cincuenta y ocho metros con ochenta y ocho centímetros cuadrados (158,88 mts2). Se da admisión a la presente solicitud y se fija para la presentación de los testigos el tercer día de despacho siguiente al de ese día 27 de Julio de 2012, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), los cuales dan fe de sus dichos.
Ahora bien llenos como se encuentran, los extremos de ley, para que prospere la solicitud de titulo supletorio, a favor del solicitante, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide. Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor del ciudadano LUIS RAMON FERNANDEZ ALFONZO, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad N°.V-4.952.713, sobre una Casa construida y fomentada a sus solas y únicas expensas sobre un Terreno Municipal, ubicada en la Carretera Nacional, Vía Carúpano, sector Las Guerrillas, casa s/n , inmueble número Catastral 19-03-01-03-45-19, Jurisdicción del Municipio Arismendi del Estado Sucre, y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Su frente, con Carretera Nacional Vía Carúpano, en la suma de los segmentos, en dieciséis metros con dieciocho centímetros (16,18 mts); SUR: Su fondo, con fondo de casa que es o fue de Wilma Gutiérrez de Hidalgo (Lote Nro.06) y fondo de casa que es o fue de Nérida del Valle Hernández (Lote Nro.07), en siete metros con sesenta y seis centímetros (7,66 mts); ESTE: Con casa que es o fue de Ezequiel Antonio Gómez Morillo (Lote Nro.25), en veintiún metros con cuarenta y siete centímetros (21,47 mts) y OESTE: Con casa que es o fue de Luisa Francelina Rosillo (Lote Nro.18), en veintidós metros Con veintiún centímetros (22,21 mts), con un área de Terreno aproximadamente de ciento cincuenta y ocho metros con ochenta y ocho centímetros cuadrados (158,88 mts2). DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Publíquese, Regístrese y Expídase por secretaria,
las copias certificadas correspondientes y entréguesele a su solicitante.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Río Caribe, a los Catorce (14) días del mes de Agosto del dos mil doce (2.012).- Años 202° de la Independencia y 153º de la Federación.-
El Juez Provisorio,

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Abg. LUICE ALVAREZ HURTADO

El Secretario,
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ

Nota: En esta misma fecha 14-08-2012, se publicó la anterior Sentencia, siendo las 09:00 de la Mañana.-
El Secretario,

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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ

Exp. Nº.107-2012.-
LAH/g.m.