REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
CARÚPANO, 1 DE AGOSTO DE 2012
202º Y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-002953
ASUNTO: RP11-P-2011-002953


RESOLUCIÓN DE AUDIENCIA PRELIMINAR

Resolución de audiencia preliminar del día de hoy, 02 de Mayo de 2012, donde se constituyó en la Sala de audiencia Nº 04, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, el Tribunal Tercero de Control conformado por el Juez, Abg. Abelardo Royo Henríquez, acompañado por la Secretaria Judicial en funciones de Sala Abg. Dorys Malavé y el alguacil de la sala, a objeto de llevar a cabo la celebración de la Audiencia Preliminar, en el presente asunto Nº RP11-P-2011-002953, seguido a los imputados: JOANNY JOSE OSUNA HERNANDEZ, GREGORIO MAGNO MARCANO, SILEIDA JOSEFINA ROJAS GONZÁLEZ Y SANTOS JOSÉ ROJAS GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de INVASIÓN, en perjuicio del Ciudadano JOAQUÍN HERMOGENES ARISTIMUÑO TINEO. A tales efectos, se verificó la presencia de las partes estando presentes: La Fiscal auxiliar Séptima encargada de la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico Abg. Crisser Brito, los imputados Gregorio Magno Marcano, Sileida Josefina Rojas González y Santos José Rojas González y la víctima Joaquín Hermogenes Aristimuño Tineo y la defensora publica penal abg. Siolis Crespo. No estando presentes: La imputada Joanny José Osuna Hernández. En este estado toma la palabra el Juez y expone: De conformidad con la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; con ponencia de la Dra. Luisa Estella Morales Lamuño, en sentencia numero 1881, expediente 110829 de fecha 08-12-2011; en aplicación al control difuso, previsto en el articulo 3 y 4 que solo tiene la sala constitucional, acordó dejar, sin efecto la penalización establecida en el articulo 471-A cuando los mismos recaigan sobre predios agrícolas o los mismos sean evidentemente del control del Instituto Nacional de Tierras o los mismos se encuentren dentro de las jurisdicción agrícola, dejando señalado que la misma amparada en los artículos 2, 26, 49, 305 y 307, que el legislador concentro de acuerdo a la referida sentencia en el articulo 1 en la ley de tierras y desarrollo agrario vigente para la presente fecha, todo tomando en consideración aquellos casos que se observe conflictos entre particulares devenidos de la actividad agraria; acordando Desestimar la acusación Fiscal de conformidad con el articulo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a los ciudadanos JOANNY JOSE OSUNA HERNANDEZ, GREGORIO MAGNO MARCANO, SILEIDA JOSEFINA ROJAS GONZÁLEZ Y SANTOS JOSÉ ROJAS GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de INVASION, previsto y sancionado en el articulo 471-A, del Código Penal, conformidad con el articulo 318 ordinal segundo del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser estos hechos típicos y no revestir carácter penal, de conformidad a la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; con ponencia de la Dra. Luisa Estella Morales Lamuño, en sentencia numero 1881, expediente 110829 de fecha 08-12-2011; en aplicación al control difuso, previsto en el articulo 3 y 4 que solo tiene la sala constitucional, acordó dejar, sin efecto la penalización establecida en el articulo 471-A cuando los mismos recaigan sobre predios agrícolas; igualmente la referida sentencia insta a los jueces a instruir a las partes que podrán en la vía jurisdiccional agraria a los fines de confrontar los petitorios con competencia agrícola que requiera por vía jurisdiccional; en tal sentido se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario y Bancario del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre. Quedan notificados los presentes en sala con la firma y lectura de la presente acta de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario y Bancario del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre; Así se decide; Cúmplase.
El Juez Tercero de Control

Abg. Abelardo Royo Henríquez

La Secretaria Judicial


Abg. Claudia Figueroa.