REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 23 de Agosto de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004995
ASUNTO : RP01-P-2008-004995


AUTO QUE ACUERDA SUSPENSIÓN DEL PROCESO

Por cuanto de autos se evidencia que este Tribunal mediante decisión de fecha 17 de Agosto del año en curso, acordó dejar sin efecto la orden de captura librada en fecha 18 de Enero de 2012, en contra del ciudadano FAVIO ALEJANDRO BREVO, titular de la cédula de identidad N° 15.513.144, en razón que, al materializarse la misma en fecha 09 de Agosto del presente año, le fue otorgada la libertad al ciudadano detenido en virtud que se aportó información fundada a los autos, de la no coincidencia de tal persona con los de la persona detenida en flagrancia en fecha 24/11/2008, siendo de destacar que, si bien presentara identificación con coincidencia de nombre, apellido y cédula de identidad, no así sus rasgos fisonómicos y demás datos de identificación e individualización presumiéndose una posible usurpación de identidad, motivo por el cual se ordenó oficiar al Fiscal Superior del Ministerio Publico para la apertura de la correspondiente averiguación y establecer la verdadera identidad del aprehendido en flagrancia, por lo que, siendo esta la situación de hecho actual en la presente causa, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, estima procedente acordar la Suspensión del curso de la misma hasta tanto de determine con verdadera certeza la identificación del presunto participe en el hecho punible que originara la apertura del presente proceso, y una vez establecida ésta, proveer en consecuencia para materializar la tutela judicial efectiva que debe garantizarse en todo proceso.- Notifíquese a las partes la presente decisión.-
La Juez Tercera de Juicio

Abg. ROSIRIS RODRIGUEZ RODRIGUEZ


El Secretario

ABG. EDUARDO FIGUEROA