ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-003111
ASUNTO : RP01-P-2009-003111
Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al acusado ALEJANDRO JOSÉ ROMERO RIMEREZ, venezolano, de 23 años de edad, nacido el 08-10-1986, de estado civil soltero, C.I: 17.761.795, de oficio obrero, residenciado en la urbanización brasil sector I, calle 4, casa numero 6, cerca de la Licorería Marxi, de esta ciudad y ELEY JOSE SOTILLO MOTA, venezolano, de 27 años de edad, nacido el 21/01/1983, de estado civil soltero, Cédula de Identidad N° 15.934.045, de oficio obrero, natural de Cumaná, hijo de Zuleima Mota y Eley Sotillo, residenciado en la Urbanización Brasil sector 3, vereda 3, casa N° 5, Cumaná, Estado Sucre. Por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO cometidos en perjuicio de FREDDY LEONARDO GONZALEZ GONZALEZ (Occiso), ROGER ALEXANDER GUTIERREZ MONTAÑO (Occiso) ENDERSOR JESUS GONZALEZ (Lesionado) MAGYURIS JOSE MAGO RODRIGUEZ (Lesionado), este tribunal observa:
Cursan a los autos que corren en la pieza cuarta del presente, escritos suscritos por los Abgs. CRUZ CARABALLO Y PEDRO ROJAS defensores públicos de los acusados de autos, mediante el cual solicitan a este Juzgado el cese de las medidas consistentes en presentaciones cada ocho días por ante el Alguacilazgo de esta Circuito Judicial Penal decretada a sus defendidos
Observa esta Instancia, que en fecha 13/10/2010, se celebró audiencia de imposición y presentación por aprehensión librada en contra del ciudadano ALEJANDRO JOSÉ ROMERO RIMEREZ, venezolano, de 23 años de edad, nacido el 08-10-1986, de estado civil soltero, C.I: 17.761.795, de oficio obrero, residenciado en la urbanización brasil sector I, calle 4, casa numero 6, cerca de la Licorería Marxi, de esta ciudad y en fecha 21-10-10 se celebró audiencia de imposición y presentación por aprehensión librada en contra del ciudadano ELEY JOSE SOTILLO MOTA, venezolano, de 27 años de edad, nacido el 21/01/1983, de estado civil soltero, Cédula de Identidad N° 15.934.045, de oficio obrero, natural de Cumaná, hijo de Zuleima Mota y Eley Sotillo, residenciado en la Urbanización Brasil sector 3, vereda 3, casa N° 5, Cumaná, Estado Sucre. Por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO en perjuicio de FREDDY LEONARDO GONZALEZ GONZALEZ (Occiso), ROGER ALEXANDER GUTIERREZ MONTAÑO (Occiso) ENDERSOR JESUS GONZALEZ (Lesionado) MAGYURIS JOSE MAGO RODRIGUEZ (Lesionado), por el juzgado a ante el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en la cual es decretada Privación Judicial Preventiva de Libertad a los acusados de autos por el delito que actualmente están acusados. En fecha 22 de diciembre de 2011, este Juzgado dicta decisión la cual cursa a los autos que conforman la presente causa, en la que acuerda sustituirles las medidas de privación de libertad por una medida cautelar consistente en presentaciones cada ocho (08) días ante la unidad de alguacilazgo, ello en razón de que el Ministerio público no presentó prórroga para la presentación de la acusación formal y por haber transcurrido mas de un año sin habérsele realizado el correspondiente juicio oral y público al acusado de autos, tal y como señaló la jueza quien presidía este tribunal Primero de Juicio para la fecha de dictada la mencionada resolución.
Ciertamente, desde la oportunidad en que se impusieron de la medida de coerción personal que actualmente pesa sobre elos acusados ALEJANDRO JOSÉ ROMERO RIMEREZ, venezolano, de 23 años de edad, nacido el 08-10-1986, de estado civil soltero, C.I: 17.761.795, de oficio obrero, residenciado en la urbanización brasil sector I, calle 4, casa numero 6, cerca de la Licorería Marxi de esta ciudad y ELEY JOSE SOTILLO MOTA, venezolano, de 27 años de edad, nacido el 21/01/1983, de estado civil soltero, Cédula de Identidad N° 15.934.045, de oficio obrero, natural de Cumaná, hijo de Zuleima Mota y Eley Sotillo, residenciado en la Urbanización Brasil sector 3, vereda 3, casa N° 5, Cumaná, Estado Sucre. Por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO cometidos en perjuicio de FREDDY LEONARDO GONZALEZ GONZALEZ (Occiso), ROGER ALEXANDER GUTIERREZ MONTAÑO (Occiso) ENDERSOR JESUS GONZALEZ (Lesionado) MAGYURIS JOSE MAGO RODRIGUEZ (Lesionado). Ahora bien, hasta la presente fecha, se procedió a revisar el sistema Juris 2000, a los fines de determinar si los acusados de autos han cumplido con el régimen de presentaciones impuesto por el Tribunal Segundo de Control y se evidencia que los acusados de autos han comparecido a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a los fines de dar cumplimiento a la obligación que deben cumplir, no obstante ello, la decisión dictada mediante la cual este tribunal le otorgó las medidas de régimen de presentaciones no estableció el lapso por el cual debían presentarse los acusados por ante el alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, tal y como lo señala la defensa en su solicitud y visto que estamos en presencia de un delito como lo es el Homicidio Intencional, que atenta contra la vida, bien jurídico éste supremo., considera quien aquí decide mantener la medida de presentaciones de cada ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por tanto lo procedente en el presente caso es declarar Sin Lugar la solicitud presentada por los Abgs. CRUZ CARABALLO Y PEDRO ROJAS, Defensores Públicos de los acusados ALEJANDRO JOSÉ ROMERO RIMEREZ y ELEY JOSE SOTILLO MOTA, toda vez que este tribunal considera prudente que con el mantenimiento de esta medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad puede este tribunal si se quiere garantizar la comparecencia de los acusados a los actos sucesivos del proceso hasta su fin último.
Por los razonamientos antes expuestos es por lo que este Tribunal, Primero de Primera Instancia en lo penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR la solicitud de cese de medida presentada por los Abgs. CRUZ CARABALLO Y PEDRO ROJAS, Defensores Públicos de los acusados ALEJANDRO JOSÉ ROMERO RIMEREZ, venezolano, de 23 años de edad, nacido el 08-10-1986, de estado civil soltero, C.I: 17.761.795, de oficio obrero, residenciado en la urbanización brasil sector I, calle 4, casa numero 6, cerca de la Licorería Marxi, de esta ciudad y ELEY JOSE SOTILLO MOTA, venezolano, de 27 años de edad, nacido el 21/01/1983, de estado civil soltero, Cédula de Identidad N° 15.934.045, de oficio obrero, natural de Cumaná, hijo de Zuleima Mota y Eley Sotillo, residenciado en la Urbanización Brasil sector 3, vereda 3, casa N° 5, Cumaná, Estado Sucre. por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO cometidos en perjuicio de FREDDY LEONARDO GONZALEZ GONZALEZ (Occiso), ROGER ALEXANDER GUTIERREZ MONTAÑO (Occiso) ENDERSOR JESUS GONZALEZ (Lesionado) MAGYURIS JOSE MAGO RODRIGUEZ (Lesionado). Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
Abg. NAYIP BEIRUTTI
LA SECRETARIA.
Abg. FABIOLA BAUZA
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