REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
Cumaná, 24 de Agosto de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2012-001276
ASUNTO : RP01-P-2012-001276
Visto el escrito que presenta al tribunal Carmen Dolores García Colmenares, titular de la cédula de identidad N° V- 6.066.005,, hermana del ciudadano JUAN CARLOS GARCÍA COLMENARES, quien comunica al Tribunal que su hermano se encuentra cumpliendo tratamiento por ante el Centro Cristiano de rehabilitación y Reeducación, ubicado en el Sector Corosito Tinaco Estado Cojedes, y por tanto se le hace imposible cumplir con el régimen de presentación que le impuso este Tribunal cada quince días por ante esta sede judicial y solicita se cambie las presentaciones para el Estado Cojedes, consignando al efecto una comunicación suscrita, por el Lic. Luis O Sánchez, Coordinador Social, de la “FUNDACIÓPN UNA ESPERANZA”, Centro Cristiano de Rehabilitación y Reeducación, ubicado en el Sector Corosito Tinaco- Estado Cojedes, con el sello húmedo que identifica dicha fundación, donde se deja expresa constancia entre otros aspectos que el ciudadano JUAN CARLOS GARCÍA COLMENARES, se encuentra en la primera fase de desintoxicación del programa de rehabilitación .
Ahora bien, de la revisión de las actuaciones se desprende que este Tribunal en fecha 1 de Junio de 2012, a solicitud del Fiscal Undécimo del Ministerio Público, dicta decisión en la presente causa, en los términos siguientes:
PRIMERO:
DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA iniciada en contra del ciudadano JUAN CARLOS GARCÍA COLMENARES, venezolano, de cuarenta y uno (41) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.419.125, residenciado en la avenida Carúpano de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, Barrio Caiguire, Sector Brisas del Mar, detrás del estadio, casa sin número, cerca de la chatarrera; ello en virtud de estimar que el hecho no es típico.
SEGUNDO: En atención a las resultas del examen toxicológico practicado al ciudadano JUAN CARLOS GARCÍA COLMENARES, cursante al folio 31, que arrojó resultado positivo para las sustancias incautadas, infiriéndose de ello fundadamente su condición de consumidor, por lo que conforme las previsiones del artículo 141 de la Ley Orgánica de Drogas y la sujeción obligatoria por parte del ciudadano JUAN CARLOS GARCÍA COLMENARES, ante un centro de rehabilitación en materia de drogas, en este caso, temporalmente ante la Unidad Técnica de Atención al Fármaco Dependiente (UTAF), hasta tanto se le practiquen los exámenes médicos, psiquiátricas, psicológicos y sociales, cuyas resultas deberán ser entregadas al Ministerio Público para la presentación ante este Tribunal del informe conforme al cual se decidirá sobre la Medida de Seguridad aplicable.
Ahora bien, como quiera que el ciudadano JUAN CARLOS GARCÍA COLMENARES, se encuentre cumpliendo con el tratamiento de desintoxicación, este Tribunal acuerda:
Primero: Se suspende el régimen de presentación impuesto al prenombrado ciudadano, mientras permanezca en el referido centro practicándose el tratamiento correspondiente.
Segundo: Oficiar al Director de la “FUNDACIÓPN UNA ESPERANZA”, Centro Cristiano de Rehabilitación y Reeducación, ubicado en el Sector Corosito Tinaco- Estado Cojedes, para que dentro del tratamiento aplicado al referido ciudadano se le practica evaluaciones médicas, psiquiátricas, psicológicos y sociales, debiendo remitir a este Tribunal de manera mensual informes de la (s) evaluación (es) practicadas. Asimismo, se le informa que cumplido el tratamiento deberá remitir informe detallado del comportamiento del proceso a que fue sometido.
Tercero: Líbrese notificación a las partes y al presunto imputado con indicación expresa de lo aquí decidido.
Cuarto: Líbrese oficio al Jefe de la Unidad de Alguacilazgo, informándole que tome nota en el registro de presentaciones correspondientes al ciudadano JUAN CARLOS GARCÍA COLMENARES, con indicación expresa que se suspende las presentaciones a que fue sometido por encontrarse en otro Estado Cojedes, sometido a tratamiento de desintoxicación.
El Juez Quinto de Control
Abg. Carlos Julio González
Secretaria
Abg. Ruth Yerres
|