REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 9 de Agosto de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2011-001171
ASUNTO : RP01-P-2011-001171
Visto que a partir del día 10 de FEBRERO del año 2012, fui designada por la Abg. Ana Dubraska García, Jueza Rectora del Estado Sucre, a los fines de presidir el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial, en virtud de reposo médico otorgado a la Juez Titular del Tribunal Abg. Marleny Mora Salas, es por lo que me avoco al conocimiento de la presente causa. Se recibe en este Tribunal oficio sin numero de fecha 26 de julio del 2012, y recibido en este Tribunal en fecha 26 de julio del 2012., consta decreto de archivo fiscal emanado de la Fiscalía DECIMA del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en la que ese Despacho Fiscal señala que sin perjuicio de que surjan nuevos elementos de convicción que puedan dar origen a la reapertura de la presente causa, se DECRETO EL ARCHIVO FISCAL en el presente asunto, de la investigación penal que se sigue en contra GREGORIO ALBERTO CORDOVA LOPEZ, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de Ley Orgánica de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana YESENIA DEL VALLE VALLEJO.
Ahora bien, el titular de la acción penal conforme se desprende de las actuaciones ha emitido su decisión de haber culminado la investigación y genera como acto conclusivo de la misma, el ARCHIVO FISCAL, encontrándose facultado para ello conforme al contenido del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, originándose por mandato expreso de dicha disposición, que por efecto de la decisión Fiscal, en consecuencia, este tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA TOMAR DEBIDA NOTA DEL DECRETO DEL ARCHIVO FISCAL de las actuaciones correspondiente contra de GREGORIO ALBERTO CORDOVA LOPEZ , de nacionalidad venezolana, de 29 años, titular de la cédula de Identidad Nº V- 16.479.257, de estado civil soltero, de profesión u oficio ninguna fecha de nacimiento 09-07-1981, domiciliado en Calle Los Pinos sector pueblo nuevo 02 detrás de la escuela unidad educativa nueva Córdova, casa s/n de la población de Santa Fe, parroquia Raúl Leoni Municipio Sucre Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de Ley Orgánica de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana YESENIA DEL VALLE VALLEJO., sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Remítase las actuaciones a la fiscalia DECIMA del Ministerio Público - Librese las respectivas boletas de notificación a las partes. Librese lo conducente. Cúmplase.-
Juez PRIMERA de Control
Abg. JESSYBEL BELLO
Secretaria Administrativa,
ABG. MARIA VICTORIA AGUILAR
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