REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE. SEDE CUMANÁ.

Cumaná, 17 de abril del 2012
202º y 153º


ASUNTO: JMS1-2926-12 MOTIVO: HOMOLOGACION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SOLICITANTES: JOSÈ JESUS DE LA ROSA GONZALEZ y MARJORIS DEL VALLE PEREZ.

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de homologación presentada por el FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO Abg. JESUS MANUEL MOYA MARCANO, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos JOSÈ JESUS DE LA ROSA GONZALEZ y MARJORIS DEL VALLE PEREZ, venezolanos, mayores de edad, con domicilio el primero en La Urbanización Brasil, Sur, La Esperanza, Calle Nº 09, Casa Nº 12, Cumaná y la segunda con domicilio en la Llanada, la Voluntad de Dios, Calle Principal, Casa S/N a tres casa de la bodega de Goyo, Cumaná, titulares de las cédulas de identidad Nros.20.347.432 y 24.753.526, respectivamente, en relación al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, con su hija la niña, Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de un (01) año de edad, suscrito en fecha 12-04-2012, por ante ese despacho; se Admite la misma, ordenándose hacer las anotaciones correspondientes; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la conciliación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, establecida de la siguiente manera: A favor de su hija: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de un (01) año de edad, el padre el ciudadano JOSÈ JESUS DE LA ROSA GONZALEZ, mediante Acta Nº 19-1C-DPIF-F4-00134-2012, de la siguiente manera “El padre buscara y compartirá con su hija cada quince días, un fin de semana lo buscara el día viernes a las 6:00 p.m. y la entregará el día domingo a las 4:00 p.m. Las vacaciones escolares la compartirán la mitad con el padre y la otra mitad con la madre. Una semana santa con el padre y un carnaval con la madre, alternándose cada año.- El día del padre con el padre y el día de de la madre con la madre.- El veinticuatro (24) de diciembre con el padre y el treinta y uno (31) de Diciembre con la madre, alternándose cada año. En este acto las personas anteriormente identificadas, están de acuerdo con dicho convenio. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Sede Cumaná a los diecisiete (17) día del mes de abril de 2012. 202º Años de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZA

DRA. MARIA EUGENIA GRAZIANI.



LA SECRETARIA



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