LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 17 de Abril de 2.012.
201° y 153.-
Exp. N° 16.925.-
DEMANDANTE: ALICIA DEL CARMEN FARIAS, titular de la
Cedula de Identidad N° 15.114.459.
APODERADO: ELVIRA GOITIA y LILIA GONZALEZ,
Inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros.
68.939 y 152.538, respectivamente.
DOMICILIO PROCESAL: Las Charas, Sector Nivaldo, Calle Principal, casa
s/n, Río Caribe, Municipio Arismendi del
Estado Sucre..
DEMANDADO: DENNY RAMON FUENTES RODRIGUEZ,
titular de la Cedula de Identidad N° 14.612.188.
APODERADO: No Otorgó.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó.
MOTIVO: DIVORCIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Visto el escrito de contestación a la demanda presentado por la abogada en ejercicio ELVIRA GOITIA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 68.939, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana ALICIA DEL CARMEN FARIAS PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 15.114.459, en el cual solicitó que se dejara constancia del presente acto y que se levantara la medida que pesa sobre un Vehiculo con las siguientes características: Placa: AO6AE70, Marca: CHEVROLET, Clase: CAMIONETA, Tipo: PICK UP CASILLA, Modelo: C-10, año: 1.980, Color: VERDE, Carrocería: CCD14AB158645, Motor: 0326TRA,antes descrito, el cual se encuentra en el Estacionamiento y Transporte el Venezolano, S.R.L., ubicado en la vía San José de Aerocuar del Estado Sucre, En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal ordena suspender la Medida de Secuestro decretada en el presente juicio, en fecha 01 de Marzo del 2.012, por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Arismendi, Benítez y Libertador del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, y se ordena oficiar al Depositario Judicial, ciudadano JUAN DE DIOS GOMEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 5.861.794, a los fines de que haga entrega del referido vehículo. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez,
Abg. Susana García De Malavé.-
La Secretaria.,
Abg. Francis Vargas Campos.-
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado anteriormente.-
La Secretaria.,
Abg. Francis Vargas Campos.-
Exp. N° 16.925.-
SGDM/Fvc/am.-
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