En horas de Despacho del día de hoy veinte y seis de Abril de dos mil doce, siendo las diez y cincuenta minutos antes meridiem, se trasladó y constituyó el Tribunal en compañía de los abogados en ejercicio Porfirio Guzmán Rodríguez y Carlos Bellorín Quijada, inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 17.557 y 10.164, respectivamente, apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Banco de Venezuela, S.A., y los funcionarios policiales ciudadanos: oficial Maikol Bastardo y oficial Luis Moya, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-18.911.335 y V-17.216.391, respectivamente, adscritos a la Comandancia de la policía, en la siguiente dirección Carretera Nacional Casanay-Caripito, sector Cedeño del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; a los fines de practicar Medida de Secuestro, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Maturín . Seguidamente y constituido como
Se encuentra el Tribunal en la dirección arriba mencionada notifica de su misión al ciudadano Omar de Jesús Camejo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-14.029.906, quien manifestó ser trabajador de la Sociedad Mercantil Piedras y Canteras C.A., el mismo manifestó que el ciudadano Jesús Visaez no se encuentra. Este Tribunal le concede un tiempo prudencial de treinta minutos, a los fines que se presente en este acto. Seguidamente este Tribunal designa perito Avaluador al ciudadano Jander Teodardo Ponce Rodríguez y Depositario Judicial de conformidad con el artículo 539 del Código de procedimiento Civil al ciudadano Héctor Luís Sánchez Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-6.951.915 y V-4.301.083, quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley. Transcurrido el tiempo prudencial que se le concedió al ciudadano Jesús Visaez, para que se presentará y el mismo no se presentó. El perito Avaluador arriba descrito observa: un (01) Pailover Wheel Loaders marca: Caterpillar, serial CAT0962HAM3600460, modelo 962H-CAB-A, se encuentra en buen estado de funcionamiento, es todo. Este Tribunal declara Secuestrado el bien mueble arriba descrito y el mismo será trasladado por indicación de la parte actora al Estacionamiento San Isidro, ubicado en la población de Cariaco Municipio Ribero del Estado Sucre, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman: La Jueza Titular, (fdo) ilegible, el notificado, (fdo) ilegible, el perito avaluador, (fdo) ilegible, los funcionarios policiales, (fdos) ilegibles, el depositario judicial, (fdo) ilegible y la Secretaria Titular, (fdo) ilegible.-
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