JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
San José de Areocuar, 26 de abril de 2.012
202º y 153º
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ORLANDO DE LOS SANTOS RIVAS MOYA, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 9.455.144 y domiciliado en la población de San Roque , Parroquia San José del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, asistida por el ciudadano Alfredo Fermín, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 66.143 y con domicilio procesal en Carúpano, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo: MARCA: INTERNACIONAL, MODELO-AÑO:1981, CLASE: CAMION, TIPO: CHUTO, COLOR: BLANCO, SERIAL DEL MOTOR: 6.CIL., SERIAL DE LA CARROCERÍA: 1HTCF2577BGB11643, USO DEL VEHÍCULO: CARGA, PLACA N° 64LRAB y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: José del Valle Crespo y Adelkader Antonio Ramos Charaima , venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.5.881.656 y 8.421.005, respectivamente, domiciliados ambos en esta jurisdicción del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano ORLANDO DE LOS SANTOS RIVAS MOYA , sobre el vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar a los veintiséis días del mes de abril de dos mil doce. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,
Abg. Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,
T.S.U. Zoraima M. Vargas
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
T.S.U. Zoraima M. Vargas
Sol.Nº. 021-2012
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