REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 3 de Abril de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-002938
ASUNTO : RP01-P-2009-002938
Visto que el penado JOSÉ RAFAEL CARRERA, no se ha apersonado ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 03, Cumaná, Región Oriental, para iniciar el Régimen de Pruebas impuesto por este Tribunal, lo que se desprende del oficio e informe remitido a este Despacho por la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 03, Cumaná, Región Oriental, en fecha 8 de marzo del corriente. Este Tribunal considerando que el no acudir a los llamados que le haga su delegado de pruebas, implica el incumplimiento de las Condiciones impuestas: Dar cumplimiento a las pautas, directrices, condiciones y sugerencias que en consonancia con lo impuesto por este Despacho, le sean impartidas por su delegado de pruebas, inclusive las que correspondan a trabajo comunitario y la de Acudir a los llamados que les haga el Tribunal o sus Delegados de Pruebas. Este Tribunal Segundo de Ejecución, en consecuencia ordena la captura y posterior privación de libertad del ciudadano penado JOSÉ RAFAEL CARRERA, mayor de edad, cédula de identidad Nº 18.500.953, natural de Cumaná, soltero, obrero, residenciado calle la Av. Nueva Toledo, Urb. San Luis, Sector la Playa, casa S/N, Cumaná, Estado Sucre. Una vez capturado será recluido en el Internado Judicial de Cumaná, donde quedará a la Orden de este Tribunal, el cual fijará audiencia para resolver sobre la Revocatoria de dicho Beneficio. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 483 y 512 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese los correspondientes oficios a los Cuerpos de Seguridad. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. DOUGLAS JOSÉ RUMBOS RUIZ
LA SECRETARIA,
ABG. FRANCYS LUORAIM HURTADO.