REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 23 de Abril de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-004955
ASUNTO : RP01-P-2009-004955

RESOLUCIÓN QUE ACUERDA LIBERTAD INMEDIATA

Visto el oficio No. O-9700-12-001635, de fecha 23-04-2012, emanado del Comisario Jefe de la Sub Delegación Cumaná del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, mediante el cual remite actuaciones relacionadas con la detención del ciudadano YORKLEYD JOSÉ LÓPEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de Identidad V-20.993.044; por encontrarse solicitado por el Tribunal Primero de Control según oficio 1C- 14.407-09 de fecha 06-11-2009 según expediente RP01-P-2009- 004955 por el delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, Secuestro y Homicidio en grado de facilitador, indicando que el referido ciudadano se encuentra recluido en la Comandancia del Instituto Autónomo de Policía de esta ciudad de Cumaná

Este Tribunal para decidir, se avoca previamente al conocimiento de la presente causa y observa:

En audiencia de debate oral y público de fecha 20-03-2012, este Tribunal a cargo de la Juez Abogada Martha Céspedes, constituida como Tribunal unipersonal dictó la parte dispositiva del fallo en relación a la causa penal No. RP01-P-2009-004955, seguida contra el ciudadano YORKLEYD JOSÉ LÓPEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de Identidad V-20.993.044, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 ordinales 1, 2, 3 y 4 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores; SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 3 único aparte de la Ley Antiextorsión y Secuestro; en perjuicio del ciudadano JOSÉ MIGUEL MÁRQUEZ CASTILLO, HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FACILITADOR previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, en relación con el articulo 84 numeral 3 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JEAN CARLOS LOZADA DÍAZ y LESIONES GRAVES EN GRADO DE FACILITADOR previsto y sancionado en el artículo 415 en relación con el artículo 84 numeral 3° del Código Penal, en perjuicio de FRANCISCO ANTONIO PATIÑO (LESIONADO); mediante el cual absolvió al acusado YORKLEYD JOSÉ LÓPEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de Identidad V-20.993.044, de los señalados delitos, por no haber quedado demostrado en el debate oral y público su participación en los hechos.

En virtud de lo antes expuesto es por lo que este Tribunal estima que lo procedente y ajustado a derecho es decretar la inmediata libertad del ciudadano YORKLEYD JOSÉ LÓPEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de Identidad V-20.993.044, y librar oficio a Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Cumaná, a objeto de solicitarle se sirvan dejar sin efecto la orden de aprehensión y excluir al referido ciudadano como solicitado por la presente causa penal.
DECISIÓN
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ORDENA LA INMEDIATA LIBERTAD del ciudadano YORKLEYD JOSÉ LÓPEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de Identidad V-20.993.044, que deberá materializarse desde el Comando General de Policía del Estado Sucre, ubicado en esta ciudad de Cumaná, en virtud de la decisión dicta en fecha 20-03-2012, mediante la cual este Tribunal le absuelve en la presente causa seguida en su contra. Se ordena oficiar lo conducente a la Comandancia de Policía de esta ciudad, adjunto al cual deberá remitirse boleta de libertad del referido imputado de inmediato cumplimiento. Líbrese oficio a Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Cumaná, a objeto de solicitarle se sirvan excluir al referido ciudadano como solicitado por la presente causa penal. Notifíquese al Fiscal y a la Defensa de la Presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZ CUARTA DE JUICIO

ABG. KARELINA ARENAS RIVERO
LA SECRETARIA

ABG. DESIREE BARRETO SANTAELLA