REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 10 de abril de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2012-001194
ASUNTO : RP01-P-2012-001194


Vista la solicitud de DESESTIMACION de la denuncia, presentada por la Dra. DAYANA PATRICIA BRITO, Fiscal Décimo Auxiliar del Ministerio Público, en la que señala que el hecho denunciado por la ciudadana CECILIA GOMEZ MARTINEZ en contra de los ciudadano RAMON GARCIA MARVAL, RAMON JESUS GRACIAS TORRES, CARMEN TORRES DE GARCIA, LILA MARVAL DE GRACIA, MILAGROS MORAO DE MARTINEZ, YANET KIYAMI DE MORAO, OSCAR ANDRES MARTINEZ Y JUAN JOSE BASTARDO EVARISTO, , manifestando: “en fecha 07-01-2010, SINDO aproximadamente las 11:30 de la mañana, se encontraba en su residencia, cuando de improvisto se presentaron varios vecinos de la familia Gracias Torres y la familia Martínez Morao, tratando de agredirla físicamente y verbalmente ya que ellos no están de acuerdo que el instituto Nacional de la Vivienda le haya vendido la residencia que actualmente posee, ya que ellos se la tenían alquilada y ella fue a juicio porque esas familias no se las quería entregar y el tribunal Supremo e justicia en fecha 10/10/2011 dictamino que la vivienda le pertenecía en su totalidad y estas familias han hecho caso omiso a la sentencia , el mismo sábado 07 de enero del año 2010 estas familias echaron abajo una pared perimetral de su vivienda y en la mitad del porche de la vivienda han levantado una pared dividiendo la casa en dos partes…..” Este Tribunal para decidir observa lo siguiente:
1º) Cursa al folio 01, denuncia interpuesta por el CECILIA GOMEZ MARTINEZ formulo denuncia en contra de ciudadanos RAMON GARCIA MARVAL, RAMON JESUS GRACIAS TORRES, CARMEN TORRES DE GARCIA, LILA MARVAL DE GRACIA, MILAGROS MORAO DE MARTINEZ, YANET KIYAMI DE MORAO, OSCAR ANDRES MARTINEZ Y JUAN JOSE BASTARDO EVARISTO manifestando: : “en fecha 07-01-2010, SINDO aproximadamente las 11:30 de la mañana, se encontraba en su residencia, cuando de improvisto se presentaron varios vecinos de la familia Gracias Torres y la familia Martínez Morao, tratando de agredirla físicamente y verbalmente ya que ellos no están de acuerdo que el instituto Nacional de la Vivienda le haya vendido la residencia que actualmente posee, ya que ellos se la tenían alquilada y ella fue a juicio porque esas familias no se las quería entregar y el tribunal Supremo e justicia en fecha 10/10/2011 dictamino que la vivienda le pertenecía en su totalidad y estas familias han hecho caso omiso a la sentencia , el mismo sábado 07 de enero del año 2010 estas familias echaron abajo una pared perimetral de su vivienda y en la mitad del porche de la vivienda han levantado una pared dividiendo la casa en dos partes…..”
Una vez analizadas las Actas que conforman la presente causa quedó demostrado que la misma no constituye delito que se pueda encuadrar en una norma penal, ya que se evidencia de la denuncia es la reclamación de un inmueble y por tal razón esta en disputa el derecho de la propiedad de los intervinientes la cual debe ventilarse ante los tribunales civiles y no penales. Por lo este Juzgado con respecta a la denuncia de la ciudadana CECILIA GOMEZ MARTINEZ en contra de RAMON GARCIA MARVAL, RAMON JESUS GRACIAS TORRES, CARMEN TORRES DE GARCIA, LILA MARVAL DE GRACIA, MILAGROS MORAO DE MARTINEZ, YANET KIYAMI DE MORAO, OSCAR ANDRES MARTINEZ Y JUAN JOSE BASTARDO EVARISTO, se debe desestimar.
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decreta con lugar la solicitud de DESESTIMACIÓN, realizada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, que realizara CECILIA GOMEZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 8205144, domiciliada en la Urbanización Los Mangles, Bloque 04, apto 00-01 planta baja Cumaná - Estado Sucre; por no revestir carácter penal, en contra de RAMON GARCIA MARVAL, venezolano , mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº. 8442717, domiciliado en la urbanización los Mangles bloque 04, piso 03 apato 03-01, Cumana Estado Sucre RAMON JESUS GRACIAS TORRES, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº. 17214659, domiciliado en la urbanización los Mangles bloque 04, piso 03 apato 03-01, Cumana Estado, OSCAR ANDRES MARTINEZ venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº. 11307645, domiciliado en la urbanización los Mangles bloque 04, piso PB apato 00-02, Cumana Estado; JUAN JOSE BASTARDO EVARISTO venezolano , mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº. 15935398, domiciliado en la urbanización los Mangles bloque 04, piso pb apato 00-02, Cumana Estado; CARMEN TORRES DE GARCIA, LILA MARVAL DE GRACIA, MILAGROS MORAO DE MARTINEZ, YANET KIYAMI DE MORAO, no constas identificación, por ser un delito que no se encuadra en ninguna norma penal sino civil. Notifíquese a las partes. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima del Ministerio Público en su lapso legal.
La Jueza Segundo de Control
Abog. ANADELI LEON DE ESPARRAGOZA
El Secretario
ABOG . FRANCYS RIVERO